El valenciano Pedro Lozano, conocido como el Rambo de Requena, ya no tendrá que vivir de okupar viviendas en el medio rural y de subsistir con la comida que sus dueños suelen dejar en estas segundas viviendas. Acaba de ser condenado a 27 años de prisión por intentar matar a unos guardias civiles en Muniesa (Teruel) que le identificaron y cuando fueron a detenerle acabaron siendo tiroteados.

Su presencia en el Bajo Aragón se remonta a no antes de junio de 2020 cuando decidió ocultarse en Teruel porque las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado le estaban buscando por numerosos delitos cometidos en la Comunidad Valenciana. Su primera parada fue en una vivienda en El Castellar, donde accedió mediante la rotura del bombín dela cerradura de entrada. Durante su estancia causó daños en elementos del inmueble y se apoderó de menaje de la vivienda, llevándose, entre otras cosas, una manta, dos toallas, una colcha, una perola, un recipiente y un sacacorchos.

Cuando se le acabó la comida cambió de residencia, también rompiendo el bombín. Allí rompió la carabina de aire comprimido Norica CA--56 del calibre 4,5, una caja de balines, diversos pares de guantes, así como otros efectos de menaje del hogar. También se apoderó de un vehículo, un Suzuki SJ 410. En un momento dado, sin que la sentencia ofrezca detalles de la razón de su desplazamiento a Muniesa, se trasladó en este todoterreno a este municipio turolense. Allí fue visto por una patrulla que realizaba labores de seguridad ciudadana.

Sujeto peligroso y probablemente armado

Los agentes de servicio, uniformados y portando el arma reglamentaria procedieron a seguirlo, pues previamente habían recibido el aviso de que un vehículo que se correspondía en marca y descripción exterior al que conducía el encausado había sido robado por la mañana, por el ya conocido como Rambo de Requena. Le describieron como un "sujeto peligroso y probablemente armado". El encausado se introdujo con el vehículo en un callejón sin salida sito en la calle Val de Oliete, seguido de los agentes, deteniendo estos su vehículo a dos tres metros del vehículo del sospechoso y procediendo a dirigirse a él para que se identificara y bajara del coche.

Vieron al acusado manipular un objeto que tenía ubicado sobre el asiento delantero de su vehículo. Bajó el agente del asiento del copiloto y, cuando su compañero que conducía el vehículo policial se encontraba bajando, con una pierna fuera y medio cuerpo dentro, el acusado salió del vehículo de lado y acto seguido encañonó hacia la cabeza de este, efectuó un disparo y se le sobreelevó el arma, teniendo la escopeta apoyada en la cadera. Ahí pegó un disparo que no llegó a alcanzar al guardia civil por la trayectoria del mismo y al haberse este zafado; si bien, "fue efectuado con desconsideración y menosprecio a la vida e integridad física del agente y a la autoridad que representaba", según la sentencia de los magistrados.

Como respuesta, el miembros del Instituto Armado disparó su arma reglamentaria contra el encausado sin llegar a alcanzarle. El agente intentó realizar un segundo disparo, pero su arma se encasquilló. Entonces, el encausado, desde la parte trasera del vehículo policial y parapetándose en la puerta del mismo, alcanzó a aproximarse a unos dos metros y medio de él y realizó otro disparo, que alcanzó al agente cuando se encontraba de frente a su agresor y de pie. Fruto del mismo, el guardia civil sufrió herida de bala en antebrazo y abdomen, con fractura conminuta de cúbito y radio, parálisis del nervio interóseo posterior y posterior diagnóstico de estrés agudo. Las heridas causaron un riesgo vital que requirió tratamiento urgente, numerosas operaciones quirúrgicas con ingreso hospitalario, con estancia en la uci y posterior prolongado tratamiento de rehabilitación, con secuelas tanto físicas como mentales

Imagen detalle del Rambo de Requena y la furgoneta en la que intentó huir. EL PERIÓDICO DE ARAGÓN

Tras estos hechos, el Rambo de Requena abandonó el lugar a pie y se dirigió a la calle Delicias de Muniesa, donde, con ánimo e intención de continuar su huida, se llevó un vehículo aparcado en la calle Manzanera, que estaba abierto y tenía las llaves puestas, marca Citroën C5 con el que se desplazó hasta la localidad de Andorra, emulando a Igor el Ruso. Una vez en la localidad, condujo a velocidad excesiva, sin respetar las normas y señales de circulación, acabando de colisionar contra una pared de la travesía de San Jorge.

Eso no le hizo parar. Abandonó el lugar del accidente a pie, se desplazó por las calles de la localidad, aún armado con la escopeta con la que había disparado a los agentes, hasta que se introdujo en el interior de un vehículo propiedad del hermano del alcalde de Andorra al que le le instó a ayudarle a sacarle del municipio a cambio de no pasarle nada. Le hizo una encerrona y le dejó en una zona en la que un amplio dispositivo de la Guardia Civil acabó deteniéndole tras abatirle con un disparo en la pierna.

Ni tentativa de asesinato ni lesiones graves

La Audiencia Provincial de Teruel ha rechazado la acusación por tentativa de asesinato que solicitaba la acusación particular y la de lesiones graves de la defensa.

Destacan los magistrados que el abogado del Rambo de Requena sostuvo una versión distinta a la que se ha consignado en los hechos probados, y con ella calificar los hechos como constitutivos de un delito de lesiones graves. "Tal versión no ha resultado probada, el acusado no ha aportado versión alguna de los hechos que sirva para sustentar tal relato. Y claro es a la luz de la declaración de los agentes intervinientes que el acusado disparó hacia ellos", afirman.

No obstante, destacan el potencial letal del arma, se trataba de un arma modificada, con los cañones recortados y un cartucho de postas modificado, portando este mayor número que las de su serie correspondiente; "resultaría imposible descartar el mínimo dolo, dolo con representación, por el solo hecho de efectuar los disparos a corta distancia, dada las características de los disparos con tales armas, y su munición modificada".

Con respecto a la tentativa de asesinato, el tribunal provincial no observa "la alevosía necesaria para calificar los hechos de asesinato". "Los agentes intervinientes estaban apercibidos de que la persona que viajaba en el vehículo que estaba atrapada en el callejón estaba siendo perseguida como sujeto peligroso que llevaba una escopeta, que había disparado con ella y se le buscaba por una pluralidad de delitos en la zona. Los agentes estaban uniformados y portaban el arma reglamentaria", aseveran los magistrados, a la vez que añaden que "aunque no dejaran de sorprenderse de que saliera del vehículo armado y encañonando el arma no se cree que esa forma sorpresiva sea calculada para coartar toda defensa de los guardias civiles".

Jorge Piedrafita, letrado de la acusación particular en nombre de los dos agentes tiroteados, se muestra satisfecho en parte porque discrepa con la calificación jurídica que los considera tentativa de homicidio y no de asesinato, circunstancia por la que se estudiará el recurso sobre este aspecto de la sentencia. "Entiendo que los hechos fueron muy graves y casi cuestan la vida a dos servidores públicos ejemplares cuando estaban garantizando la seguridad de la ciudadanía", añade.