La Audiencia Provincial de Zamora ha dictado ya sentencia del juicio celebrado el pasado 28 de abril en el que se ventilaba el caso de una tía que se gastó todo el dinero de la cuenta en la que estaba de cotitular con su hermano recién fallecido, con el objeto de que el hijo de éste, con el que no había tenido prácticamente trato en toda su vida, no catara ni un euro de la herencia.

Los magistrados han condenado a E.G.A. a dos años de cárcel por un delito continuado de apropiación indebida, con la agravante del valor de lo defraudado y abuso de las relaciones personales y multa de ocho meses, con una cuota diaria de 6 euros (1.440 euros), así como al pago de las costas del procedimiento incluyendo las de las acusaciones particulares.

La acusada deberá reintegrar a la comunidad hereditaria del difunto D. F. G. A. la cantidad de 57.850 euros, que fue la que se gastó, con los intereses correspondientes desde que realizó los reintegros bancarios.

El joven de 33 años que llevaba sin ver a su progenitor desde que tenía una año, tras la separación de los padres, irrumpió en el velatorio para reclamar la herencia. Días después de la muerte del padre el 5 de abril de 2019, que había sufrido un ictus, se encontró desheredado por la tía de facto, ya que esta vació la cuenta bancaria en mayo de 2019. Y se quedó con los 57.850 euros que su hermano había ido ahorrando con sus nóminas e ingresos “porque así me lo pidió unos días antes de fallecer”, indicó la acusada durante el juicio.

Un dinero, del que no queda rastro, “me lo gasté”, admitió la mujer, de iniciales E.G.A., porque su hermano “me dijo unos días antes de morir que, si le pasaba algo, sacara todo el dinero para que ese chico no tocara nada”. La mujer reiteró que su hermano “nunca contactó con el hijo” en vida y que ella era la única que le había cuidado desde que sufrió el ictus. Relató, a preguntas de su abogado, cómo en 2006 había dejado su trabajo y su vida en el País Vasco “para trasladarse a Zamora y cuidar de su madre, que convivía con el fallecido, alcohólico, y otro hijo que era drogadicto”.

La acusada alegó que era el deseo del finado, que hablaba de su hijo como “el bastardo”

La madre del joven se divorció cuando el hijo del matrimonio tenía un año, tras lo que se trasladó a vivir con el niño a Valladolid, donde este se crió y vivió. Su tía manifestó en el juicio que ni siquiera había visitado al padre durante el último año de vida del progenitor, cuando cayó gravemente enfermo, tras sufrir el ictus y tuvo que ser ingresado varias veces en el hospital e incluso en un residencia.

La imputada reconoció que actuó así, sacando todo el dinero de la cuenta para impedir que pudiera heredar el único hijo de su hermano, “ese bastardo”, como se había referido el fallecido al hablarle del joven, según relató la procesada en la investigación judicial.

La Fiscalía solicitaba para la acusada 5 años de cárcel, el pago de una multa 4.320 euros por el delito de apropiación indebida, al igual que la acusación particular. El abogado defensor de la mujer pidió la absolución y, en todo caso, consideró que este litigio se debería resolver en la vía civil, no penal.