La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha ordenado repetir el juicio en el que se condenó a un hombre a 15 años de cárcel por un delito de homicidio por haber matado a su mujer, al entender que se vulneró su derecho fundamental a un proceso con todas las garantías, al haber girado el juicio en torno a su declaración policial que no fue ratificada judicialmente, lo que "distorsiona el resultado probatorio".

El alto tribunal anula así la condena que le impuso el tribunal del jurado y después fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. La sentencia declaró probado que el 11 de junio de 2012 el hombre, en la cocina familiar, mató a su pareja de forma consciente e intencionada. Después se deshizo del cadáver, tirándolo a un contenedor de basura. El hombre sostenía que la muerte se produjo en un accidente doméstico, pero tanto fiscalía como la acusación particular entendieron al final del juicio que fue dolosa, es decir, intencionada.

La sentencia cuenta con el voto particular del exfiscal general del Estado Julián Sánchez Melgar que considera "sumamente razonables" las conclusiones a las que llegó el jurado para no creer la versión ofrecida por el acusado para justificar la muerte de su pareja.