El Tribunal Supremo ha confirmado la condena por estafa, impuesta a un ATS que, aprovechándose de que conocía a la familia de una enferma ingresada en el hospital en el que trabajaba, les hizo creer que padecía una grave enfermedad y les cobró 39.660 euros por un falso tratamiento que les suministró.

La pena confirmada es de cinco años y un día de cárcel, por un delito de estafa, a la que se suma otra de seis meses y un día por un delito contra la propiedad industrial, además de una indemnización equivalente a la cantidad sustraída para sus víctimas.

El Supremo, que modifica levemente la pena en cuanto a que se impuso al reo un arresto suplementario que no le correspondía, ha confirmado en lo esencial todos los extremos de la sentencia recurrida.

Así, los hechos probados relatan que en marzo de 2008 la mujer fue ingresada en un hospital de Castilla La Mancha por apreciársele una masa abdominal que requería análisis, y que el condenado, que conocía a su familia y prestaba servicio en esa clínica, fue a visitarla.

El acusado dijo a los familiares, tras interesarse por la paciente, que se iba "a la zona de control" para conocer mejor el caso, después de lo cual les informó de que "su madre padecía un tumor de cápsulas suprarrenal, diagnóstico que no figuraba en su historia clínica y que no fue emitido por ningún médico.

Después de crear "angustia y preocupación" en la familia, el condenado, no sin antes advertir que el tumor podía afectar a otros órganos, señaló que podía facilitar a la familia unos "viales" que procedían del extranjero pero a los que él tenía acceso, e incluso que intentaría una mejora del precio inicial sobre ellos.

Para este fin les solicitó un primer ingreso en su cuenta (de 24.796 euros). Poco después y, según dijo, al no haber sido posible abaratar el precio inicial, pidió y recibió otro ingreso por 14.864 euros.

Semanas después de estos hechos el acusado citó para una prueba a la paciente y su familia, prueba no pautada por ningún médico y que extrañó a la enfermera que participó en la misma. A resultas de esta prueba el condenado explicó a la familia que su madre no padecía tumor alguno, pero se negó a devolver el dinero.

Un año antes de estos hechos, el ATS condenado había creado la sociedad mercantil SEDCAM, de evidente identidad fonética con el Servicio de Salud de Castilla La Mancha (SESCAM), cuyo logotipo la recordaba además, y cuyos fines eran la agilización en la tramitación hospitalaria.