El juzgado de lo Penal número 3 de Jaén ha prohibido a un hombre acercarse a su hija de 10 años durante seis meses, dos años de prohibición de porte de armas y la obligación a indemnizar con doscientos euros a la madre por responsabilidad civil, por darle un bofetón a la menor por equivocarse en los deberes.

La sentencia considera hechos probados que el acusado estaba ayudando a su hija a realizar los deberes cuando, al equivocarse, el padre "se enfadó dando un bofetón a la menor en la cara que le causó un hematoma en el ojo izquierdo".

Los hechos tuvieron lugar un fin de semana de mayo del 2011, cuando la menor se encontraba con su progenitor por corresponderle a éste el régimen de visitas.

Por estos hechos, el acusado ha sido condenado por un delito de maltrato en el ámbito familiar a la pena de 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad, prohibición del derecho a la tenencia y porte de armas durante dos años y prohibición de aproximarse a la menor durante los próximos seis meses. La sentencia también condena al padre a indemnizar a la madre de la niña, con doscientos euros, en concepto de responsabilidad civil.