La reforma del Código Penal anunciada ayer por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, contempla un endurecimiento de las penas para los autores de incendios forestales, que podrán llegar a cumplir hasta nueve años de cárcel en función de la época del año, la climatología reinante y el tipo de área que se vea afectada.

En concreto, frente a una pena prevista actualmente que oscila entre los tres y los cinco años, los autores de incendios forestales que se consideren especialmente graves se enfrentarán a una pena de hasta seis años de cárcel, conforme recoge el informe del anteproyecto de reforma que el ministro presentó ante el Consejo de Ministros.

Cuando los incendios afecten a espacios naturales protegidos se castigarán del mismo modo que los delitos contra el medioambiente, lo que significa que sus autores podrán ser castigados con la pena superior en grado, que en este caso supone nueve años de prisión.

En este sentido, se considerará agravante que el incendio afecte a zonas próximas a poblaciones o lugares habitados y a zonas forestales que constituyan el hábitat de especies animales en peligro de extinción o de flora amenazada, o que alteren significativamente las condiciones de vida animal o vegetal.

En la misma línea, agravará el delito el hecho de que el incendio se haya provocado "en un momento en el que las condiciones climatológicas o del terreno incrementen de forma relevante el riesgo de propagación del fuego". No obstante, se podrá imponer al responsable actuaciones orientadas a reparar el daño causado y se considerarán como atenuante. Asimismo, Gallardón ha anunciado que modificará la Ley del Jurado para que estos delitos dejen de ser enjuiciados por tribunales populares y lo sean por jueces profesionales.