Otra de las novedades del Código Penal es que la libertad condicional pasará a regularse como una suspensión de la pena, de forma que una vez en libertad, si el penado vuelve a delinquir, sea devuelto a la cárcel para que siga cumpliendo condena desde el momento en el que quedó en suspenso. Es decir, el tiempo en libertad condicional en ningún caso computará como pena cumplida en prisión.

Por contra, los condenados por primera vez a penas de hasta tres años y con una conducta irreprochable podrán acceder a la libertad condicional a mitad de condena, frente a los dos tercios actuales. Se trata del único cambio favorable al reo de los adelantados ayer por el Gobierno.

En el caso de extranjeros, la sustitución de la pena de prisión por la expulsión del país se ajustará a lo previsto en la ley de extranjería. En condenas de más de tres años, se cumplirá una parte en España.