El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo ha rectificado este viernes su sentencia de noviembre del 2009, en la que se opuso a la presencia de crucifijos en las escuelas públicas italianas. La nueva sentencia asegura que la exhibición de los crucifijos no viola el derecho a la educación y la libertad de pensamiento y religión.

Estrasburgo asegura que "un crucifijo colgado de una pared es un símbolo esencialmente pasivo, cuya influencia sobre los alumnos no puede ser comparada a un discurso didáctico o a la participación en actividades religiosas".

La nueva sentencia ha sido apoyada por 15 de los 17 jueces de la Gran Sala del Tribunal; el juez suizo, Giorgo Malinverni, y la búlgara, Zdravka Kalaydjieva, han votado en contra.

El texto señala que al mantener los crucifijos en las aulas "las autoridades han actuado dentro del margen de apreciación" en el marco de su obligación de respetar el derecho de los padres a asegurar la educación de acuerdo a sus convicciones religiosas.

La sentencia añade que la presencia de los crucifijos no está asociada a una enseñanza obligatoria del cristianismo y "nada indica que las autoridades se muestren intolerantes hacia los alumnos de otras religiones, no creyentes o de otras convicciones filosóficas".

El contencioso empezó cuando en el 2006 una ciudadana italiana presentó una demanda en la que se quejaba de la presencia de crucifijos en los institutos públicos en los que estudiaban sus dos hijos.