El Juzgado de lo Penal número 1 de Getafe (Madrid) enviará la declaración de Violeta Santander en el juicio contra su pareja sentimental, Antonio Puerta, al Juzgado Decano de Getafe para que se determine si la mujer incurrió en falso testimonio, tal y como solicitó la fiscal durante la vista.

Según la sentencia que condena a Antonio Puerta a siete meses y quince días de prisión por un delito de maltrato familiar a Violeta Santander y le prohíbe acercarse a ella a menos de 500 metros, la mujer renunció a la dispensa del deber de declarar por la relación afectiva que mantenía con el acusado "para adentrarse en el ilícito ámbito de la mentira colaboradora".

Durante el juicio, Violeta Santander desmintió que Antonio Puerta la cogiera del cuello, ni del pelo, ni que la golpeara en el hotel Majadahonda el 2 de agosto de 2008, hechos que el juez ha declarado probados en la sentencia.

La mujer matizó además que el motivo de que Antonio Puerta la agarrara no fue otro que el de ayudarla pues, "al llevar unos tacones muy altos y padecer de vértigo, existía un riesgo de caída".

El juez ordena, sin embargo, que se depuren las responsabilidades que en virtud de lo dispuesto en el artículo 458 del Código Penal pudiera eventualmente haber incurrido Violeta Santander.

El delito de falso testimonio está tipificado en el Código Penal con uno a tres años de prisión y multa de seis a doce meses.