La Audiencia de Sevilla ha confirmado la decisión de la Junta de declarar en desamparo al hijo de una reclusa, pues nació con síndrome de abstinencia y el equipo técnico expresó sus "serias dudas" de que la madre estuviese capacitada para atender al bebé. La Sección Segunda de la Audiencia, encargada de los asuntos de familia, considera que el desamparo del recién nacido estuvo bien decidido, pues la Junta tenía "datos objetivos" que justificaban su intervención, entre otros los problemas de drogadicción de la madre y la previa retirada de la tutela sobre otros hijos.

El abogado de la madre, José Antonio Bosch, había pedido que se anulase dicha declaración porque en la cárcel, donde podía vivir con su madre en los primeros años de vida, el bebé tenía garantizadas todas sus necesidades morales y materiales. La sentencia niega tal posibilidad e incluso reprocha a la madre que, sabiendo que el menor podía ser atendido "correctamente por su familia externa, procuró a toda costa mantenerlo en el Centro Penitenciario, obviando lo mejor para el menor".

Antonia Fernández Pareja perdió la tutela de su hijo el mismo día de su nacimiento, el 28 de septiembre de 2007 en Sevilla, dados sus antecedentes delictivos y toxicológicos que, según su abogado, se encuentran "totalmente superados". Tras un primer intento de dar al bebé en adopción, la Junta lo entregó en febrero de 2008 en acogimiento a una hermana de la madre y a su esposo, con los que continúa en la actualidad.

La Audiencia confirma la decisión de la Junta porque una comunicación del hospital de Valme, donde nació el niño, dio cuenta de su síndrome de abstinencia a metadona y ansiolíticos, lo que refleja que "su situación en el momento en que actuó la entidad pública era de desamparo, que podría mantenerse si no se adoptaban medidas adecuadas". Junto a ello, un informe de la cárcel dijo que Antonia "no se había implicado en la Escuela de Madres".