Opinión | COLABORACIÓN

José Ángel Palomares

Yo no soy tonto

No pretendo con este titular ni hacer propaganda de ninguna marca comercial ni entrar en una polémica jurídica con un compañero de profesión y columnista habitual del periódico, con motivo de su artículo publicado el pasado día 17 de agosto bajo el título ‘Eres Tonto’. En el mismo analizaba la condena al expresidente de la Junta de Andalucía, sr. Griñán, por el caso de los ERE. Mi más absoluto respeto por sus opiniones libremente emitidas.

Lo que sí que afirmo con rotundidad es que «yo no soy tonto», ni creo, como se opina al final de dicho artículo, que nos tomen a todos por tontos, y menos aún en base a los argumentos utilizados por el autor.

Ante todo, como no puede ser de otra manera, mi más absoluto respeto a las decisiones de los magistrados tanto de la Audiencia Provincial de Sevilla como del Tribunal Supremo, así como de los representantes de la Fiscalía que ejercieron su labor ante ambas sedes judiciales. Más aún cuando ni tan siquiera se conoce aún el texto de la sentencia del Tribunal Supremo. No alcanzo a notar ese olor muy malo y penetrante del Tribunal Supremo, del que el autor dice que hiede. No recuerdo haber escuchado algo así en mis 40 años de profesión, ni tan siquiera haciendo uso del legítimo derecho de defensa.

El articulista parte de la premisa de haberle «cascado» al sr. Griñan (1. Quebrantar o hender algo quebradizo; 2. Dar a alguien golpes con la mano u otra cosa; 3. Estropear, dañar algo.) seis años de prisión. Seguramente quiso decir condenado, ya que los Tribunales de Justicia no «cascan».

Para el autor del artículo, el hecho de que el Tribunal Supremo haya dictado una sentencia condenatoria por tres magistrados, frente a dos que discrepan, supone que la duda absuelve al reo. Es decir, que la discrepancia de dos magistrados con emisión de su voto particular (el cual aún no conocemos) frente a la mayoría de tres, supone la aplicación del principio «in dubio pro reo», cuando afirma literalmente «que un órgano colegiado que no condena por unanimidad, por mucha categoría que tenga, no puede tener más peso penal que el principio de in dubio pro reo que encima el mismo órgano colegiado introduce».

Realmente, lo que me mueve a escribir este texto, como decía al principio, además de expresar mi opinión, es que «yo no soy tonto»; no considero que la discrepancia de dos magistrados y la emisión de su voto particular conlleve la aplicación del principio in dubio pro reo; y mucho menos que se pida la intervención del Gobierno para conceder un indulto. Ni siquiera de forma enrevesada como se propone, a quien legalmente y con todas las garantías ha sido condenado por los magistrados de la Audiencia Provincial de Sevilla, y por la mayoría de los magistrados del Tribunal Supremo, con arreglo igualmente, no se nos olvide, a las conclusiones del Ministerio Fiscal. A tenor de las últimas declaraciones del Gobierno, el indulto se está cocinando a fuego lento y con argumentos parecidos.

En un estado de Derecho como el nuestro, el respeto a las leyes y a los tribunales de justicia debe ser la norma principal. Para modificar aquellas, o cambiar el sistema de elección o funcionamiento de los segundos, estamos dotados de los mecanismos necesarios para llevarlo a cabo.

** Abogado

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