La relación cooperativa en materia tributaria se construye por parte de una serie de trabajos de colaboración internacional, fundamentalmente impulsados, desde 2006, por la OCDE. Esta expresión se utiliza, básicamente, para referirse a determinadas estrategias que distintas administraciones han puesto en práctica en aras de obtener, de las grandes empresas, una actitud más colaborativa, disminuir la litigiosidad e incrementar la recaudación. También, se trata de un modelo gerencial llamado a incidir en todas las fases que escalonan el diseño y aplicación del sistema tributario.

En nuestro país, la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ha dado también pasos en este sentido, comenzando con el Código de Buenas Prácticas Tributarias (CBPT) y que puede suscribir cualquier empresa con independencia de su tamaño. Se enmarca en su responsabilidad social, más allá del respeto y estricto cumplimiento de las leyes y normas, para adoptar posturas de contribución activa y voluntaria de la mejora social, económica y ambiental. La existencia de un adecuado sistema tributario es un elemento destacado del marco institucional de un país, lo que justifica que ciudadanos, agentes sociales y autoridades se involucren activamente para su mejor desarrollo y efectiva aplicación. Esta última, en un entorno de mayor seguridad jurídica, conlleva una mayor fortaleza de los resultados económicos de las empresas, minorando sus riesgos, incluyendo los reputacionales. Con la finalidad de reforzar la transparencia por parte de estas últimas se puso en marcha, para las adheridas al CBPT, la presentación anual, con carácter voluntario, del Informe de Transparencia.

Puede presentarse, preferentemente, con carácter previo a la cumplimentación de la declaración del Impuesto sobre Sociedades, pese a que pueda llevarse a cabo con posterioridad (hasta 3 meses después, es decir, hasta el día 25 de octubre si el ejercicio social coincide con el año natural).

En el proceso de explotación y análisis por la AEAT de la información contenida en el informe pueden distinguirse tres fases o etapas: su remisión y recepción, explicación del mismo y aportación de documentación.

Tras su presentación, la empresa y la AEAT acordarán la mejor manera de proceder a la explicación de todos sus extremos. En particular, aquellos que, por razón de su complejidad, confidencialidad o sensibilidad comercial, no hubieran sido suficientemente explicados.

A la vista de todo ello, la Inspección trasladará a la empresa su valoración en relación con determinados aspectos recogidos en el informe (en definitiva, el análisis de riesgos). La misma servirá para que pueda conocer los criterios administrativos aplicables y que puedan ser útiles, tanto para el desarrollo de las buenas prácticas tributarias en general, como para la presentación de las declaraciones por el Impuesto sobre Sociedades, en particular.

La aportación del informe presenta una serie de ventajas para las empresas. En primer lugar y en el ámbito de la mejora reputacional, pueden darle el nivel de publicidad que consideren oportuno. Por su parte, la AEAT, de mediar consentimiento expreso, divulgará, en su página web, su presentación.

En segundo lugar, permite la construcción de una relación cooperativa útil en la medida en que las empresas, a cambio de transparencia, recibirán una valoración temprana de la Inspección, consiguiendo, con ello, la reducción de la litigiosidad.

Por un lado y de presentarse el informe con anterioridad a la finalización del plazo para formular la declaración del Impuesto sobre Sociedades, la empresa estará en disposición de adaptar su contenido con base en los criterios manifestados por la AEAT, incrementando, aún más, su seguridad jurídica. Por otro, puede obtener el criterio, por escrito, de la AEAT sobre el tratamiento tributario de determinadas operaciones u operativas de especial complejidad y trascendencia económica.

Por último, la elaboración, por parte de la Inspección, de un correcto análisis de riesgos tributarios de la empresa redunda en un control administrativo más eficiente y temprano.

Tal y como puede comprobarse, nos encontramos ante una iniciativa que incentiva la transparencia tanto para la AEAT como para las organizaciones que presenten el informe. En este sentido, la primera ha dado noticia, en su web, de la relación de entidades que lo han presentado en 2020, donde destaca Sadeco. Llama especialmente la atención que sea la única empresa pública española que figura. Sin duda, esto último debe ser un acicate para seguir en esta línea, iniciada en corporaciones anteriores, de la transparencia y buen hacer en su actividad.