A los dos les gusta su trabajo. Podrían pasar de las excursiones, ir a lo suyo, no complicarse la vida, no llegar de vuelta a Fuente Palmera ya tarde y cansados, pero les gusta su trabajo y por eso quieren lo mejor para sus alumnos, por eso quieren que conozcan un sitio muy chulo, los Baños de Popea. El Consejo Escolar aprueba la actividad extraescolar. Trámites: autorización para las familias especificando que la excursión incluye opcionalmente la posibilidad de bañarse, organización del viaje concertando el transporte con la empresa de autobuses y el soporte técnico con una empresa de actividades espeleológicas cuyos monitores aleccionarán a los chavales. Todo correcto. Setenta criaturas en dos días. El primer día estupendo. El segundo con idéntico esquema: primero orientación, luego comida y, ya por la tarde, dos grupos, uno a la cueva y el otro a esperar su turno bañándose en el exterior. Los chavales hacen pie en casi toda la zona. Buen ambiente, risas, chapuzones, el profesor y la profesora cumpliendo su deber, pendientes, incluso grabando las evoluciones acuáticas de la muchachada. Nada raro. Cuando llega la hora de ir terminando, una mochila se queda en el suelo, la mochila de un chico que se ahogó sin que nadie se diera cuenta. Una familia rota para siempre.

Llega el juicio. La Fiscalía pide cuatro años de prisión, lo mismo que la acusación particular. La jueza dicta una sentencia condenatoria: homicidio por imprudencia profesional menos grave, una sentencia en la que se dice que el niño nadaba sin problema y que el niño tenía problemas para nadar, una sentencia en la que se dice que la zona de baño tenía riesgo y que la zona de baño carece de riesgo (así lo constataron tanto los Bomberos como la Guardia Civil), una sentencia en la que se dice que los profesores debieron percatarse de algo que no sucedió (el menor fallecido no pidió ayuda en ningún momento o al menos nadie se enteró, ¿de qué iban a percatarse?), una sentencia que normaliza el hecho de que los monitores de la empresa de actividades de espeleología se desentiendan de lo sucedido (yo fui solo a echar una mano; yo era la vecina; yo no era monitora; yo fui solo a hacer fotos...), una sentencia en la que se falta a la verdad y se desprecia el trabajo de los docentes afirmando que los profesores no  «adoptaron las medidas de cuidado que adoptaría una persona medianamente diligente» (como si una persona medianamente diligente estuviera contando cabezas de niños en el agua sin parar aunque todo esté controlado) y que los profesores «no respetaron las más elementales normas de cuidado que deben observar los profesionales de la docencia» (la desgracia puede suceder aunque se respeten todas las normas de cuidado), una sentencia inexplicable cuando acusa a algunos de los chicos que se bañaron con el fallecido de falta de humanidad (como si supieran que estaba a punto de ahogarse y hubieran pasado de él), una sentencia que para colmo contiene errores gramaticales y algún descuido ortográfico (una «hazaña» escrita sin h), una sentencia que ojalá quede en nada cuando sea recurrida, una sentencia que hace muy difícil que cualquier enseñante se la juegue de aquí en adelante a causa de una excursión por mucho que le duela, una sentencia que la actuación cuidadosa de José y María Eugenia no merece.

*Profesor