Es raro el medio de comunicación que de poco tiempo a esta parte no se haya hecho eco de la polémica suscitada acerca del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Particularmente entiendo que se trata de un impuesto injusto además de discriminatorio, pues a efectos de este, el principio de igualdad recogido en el artículo 14 de la Constitución Española parece que se incumple en el sentido más amplio de la palabra. Y es que el “todos somos iguales ante la Ley sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de su nacimiento” parece que tiene excepciones, pues a estos efectos y por poner un ejemplo, no es lo mismo un andaluz que un madrileño, ni un asturiano que un canario.

Con este trato distinto, no se ha conseguido otra cosa que determinados patrimonios hayan emigrado a otras comunidades donde la fiscalidad es más favorable, como es el caso de Madrid, donde no solo el Impuesto sobre Sucesiones es meramente anecdótico, sino que también a ello se une la inaplicación del Impuesto sobre el Patrimonio así como la cuota del tramo autonómico del IRPF es varios puntos inferior al de Andalucía por poner un ejemplo.

Desde distintas asociaciones, plataformas, partidos políticos… se lleva una cruenta batalla contra tan injusto Impuesto. Entre tanto, llega una comisión formada por un grupo de expertos -Comisión Lagares- tratando de armonizar la fiscalidad a nivel nacional, pretendiendo que en todas las Comunidades existiese un impuesto similar, y sobre todo con unos tipos de gravamen acordes con la realidad (5% para descendientes línea directa y 10% en línea colateral aproximadamente). Las distintas comunidades de uno y otro signo político no se ponen de acuerdo, y el trabajo de esta comisión (que por cierto, tuve ocasión de leer y estoy de acuerdo con él al 90% lo que en dicho texto manifestaba) quedó en una mera anécdota.

Debido a pactos políticos fundamentalmente, con fecha 1 de agosto de 2016 así como 1 de enero de 2017, se trata de calmar la tensión por este impuesto que iba en aumento, con una especie de medidas de quiero pero no puedo, que no trataban más que ocultar esa desigualdad latente y que en determinados casos, ha conseguido que los herederos renuncien a la herencia, y puedo decir, que he sido testigo en algún caso.

Los cambios normativos introducidos en esas fechas vienen a dar solución a situaciones concretas como es la vivienda habitual, que se pasa prácticamente a no tributar por ella, el mínimo exento se amplía, pasando de 175.000 euros a 250.000 para ascendientes, descendientes y cónyuges, y también hay importantes modificaciones en el caso de las explotaciones agrícolas. Sin embargo, el patrimonio no agrario, su situación sigue siendo igual a la anterior a la reforma.

Las modificaciones en el tema concreto de las explotaciones agrícolas conlleva una serie de requisitos “trampa”, pues en esta Ley omiten temas tan importantes y comunes en Andalucía como son las Comunidades de Bienes. ¿Qué ocurre con ellas? ¿Se aplica la reducción a todos los comuneros -que por cierto, son sujetos pasivos todos ellos del Impuesto sobre la Renta y por tanto pagan por ello-- o es solo el administrador de la Comunidad de Bienes quien lleva la actividad de forma personal, habitual y directa? No obstante, son muchas las cuestiones que por unos u otros motivos se quedan en el tintero, y con tal de no aburrir a los lectores indicarles que hago un análisis detallado de estos en mi página web www.abogadostributaristas.es

Publicidad aparte, llegamos al momento actual, en el que la Junta de Andalucía, en un intento sin precedentes, y con la finalidad de demostrar que se está haciendo uso de ciertas dosis de demagogia con el asunto, ha puesto en marcha un simulador para que todo ciudadano pueda calcular cuánto tendría que pagar en caso de fallecimiento de un familiar. Esta iniciativa, en la que se ha puesto mucho interés a fin de calmar los ánimos, parece que ha sido insuficiente para frenar el malestar general que cada vez es más extenso, y ante esta situación de hoy y teniendo en cuenta la evolución que he tratado de sintetizar de forma breve… ¿Cuál creen que será el siguiente paso?

*Director de Rafael Santaella Abogados Tributaristas