La ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, ha calificado de "histórica" la reforma laboral aprobada por el Consejo de Ministros. Seguramente lo es, pero por la pérdida de derechos que supone desde que en 1980 se promulgó el Estatuto de los Trabajadores. El documento que nos proporciona el Gobierno sobre esta reforma apunta a unas medidas que tendrán un efecto de apisonadora sobre los derechos de las personas trabajadoras. Se promulga, además, en un contexto en el que ya ha habido varias reformas que han rebajado sustancialmente los derechos laborales y de Seguridad Social desde que comenzó la crisis económica.

En el texto aprobado el viernes pasado, se confía en las empresas de trabajo temporal como mecanismos de intermediación. Sin embargo, no es el objetivo de estas empresas crear empleo, sino la cesión temporal de trabajadores a cambio del correspondiente beneficio empresarial. Habrá una mayor flexibilidad interna en las condiciones de trabajo en materias como las funciones, el salario, la jornada y el horario. Ello, además de lo que supone en cuanto a la pérdida de derechos sociales, puede tener un efecto muy negativo para las mujeres al ver imposibilitados sus derechos de conciliación de la vida personal y laboral o bien ser expulsadas del mercado laboral. La ley orgánica 3/2007 obliga a un informe de impacto de género para ver qué efectos van a tener estas medidas. Nada ha dicho la ministra sobre este punto.

Junto a la flexibilidad interna en los centros de trabajo, en el propósito del Gobierno del Partido Popular destaca la prioridad aplicativa del convenio de empresa frente al sectorial, atomizando así las condiciones de trabajo y creando más desigualdades entre los trabajadores. Las medidas en relación con los despidos por causas económicas convierten a los representantes de los trabajadores, en la mayoría de los casos, en auténticos convidados de piedra. La rebaja de la indemnización del despido improcedente a 33 días por año, con el tope de 24 mensualidades, se ha ensayado anteriormente con el contrato de fomento de la contratación indefinida, sin resultados significativos en la creación de empleo. Por el contrario, lo que esto significa jurídicamente es que el trabajador percibirá menos indemnización cuando lo despidan sin justa causa, que es en definitiva lo que es un despido improcedente. Por tanto, hablamos de despedir, no de contratar.

No puede fomentarse el empleo estable sin haber construido las bases sólidas de un nuevo modelo productivo que sustituya al que ha destruido millones de puestos de trabajo. Si desde el comienzo de la crisis se hubiera ido en esta línea, probablemente se habría avanzado en la creación de empleo, no en su destrucción. Parafraseando al ministro de Economía, Luis de Guindos, estamos ante una reforma extremadamente agresiva. Esta agresividad tiene unos destinatarios claros: las personas trabajadoras, que pierden la esperanza ante una manera de gobernar que no ataja el problema de raíz, que actúa a espaldas de los sindicatos y que utiliza fórmulas anticuadas que ya han sido ensayadas con anterioridad con inútiles resultados en orden a la creación de empleo.

* Profesora titular de derecho del trabajo y la Seguridad Social (UPF)