Después de casi 40 años de dictadura franquista y de una España declaradamente católica, la Constitución de 1978 consagró la aconfesionalidad del Estado, aunque obligó a establecer relaciones de cooperación con las principales religiones que dieron lugar a los Acuerdos con la Santa Sede aún vigentes.

En una entrevista con Efe, Marcelino Oreja, el ministro de Asuntos Exteriores que firmó dichos acuerdos, recuerda ahora cómo el clima de entendimiento de la época hizo posible que no hubiera que vencer resistencias a la hora de negociar dichos acuerdos y reconoce que estos «pueden y deben» ser adaptados a la realidad actual desde el consenso y sin «infecciones ideológicas».

El artículo 16 de la Constitución garantiza la «libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación en sus manifestaciones que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley».

En el párrafo 3 añade: «Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones».

De esta manera, según explica a Efe el profesor de Relaciones Iglesia-Estado y exdiplomático de la Santa Sede, Francisco César García Magán, “la Constitución estipula el nuevo marco de relaciones e implica un cambio con respecto al régimen anterior, al pasar de un confesionalismo en el que la católica era la religión oficial, a un régimen aconfesional en el que los poderes del Estado deben establecer relaciones de cooperación con la Iglesia católica y las otras confesiones». En el caso de la Iglesia católica, estos pactos se concretan en 1979, cuando se firman los Acuerdos con la Santa Sede --que sustituyeron al Concordato de 1953-- en distintos ámbitos: asuntos jurídicos, asuntos culturales, asuntos económicos y el acuerdo sobre la asistencia religiosa a militares y el servicio militar -la mili- de clérigos y religiosos, parte que ya está derogada.

El 3 de enero de 1979 el entonces ministro de Asuntos Exteriores, Marcelino Oreja, y el secretario de Estado Vaticano, Jean-Marie Villot, firmaron estos acuerdos, que siguen en vigor a día de hoy.

En una entrevista con Efe, Oreja asegura que el clima de entendimiento y el espíritu conciliador del momento hizo posible que no hubiera que «vencer resistencias», ni siquiera de los grupos de izquierdas, a la hora de pactar los acuerdos.

En este sentido, el exministro de Exteriores destaca especialmente la figura de Gregorio Peces Barba, entonces secretario del grupo parlamentario socialista, que «ayudó mucho» durante una negociación en la que Oreja reconoce que «hubo pequeños obstáculos, pero se fueron salvando».

Asegura que la «desconfesionalidad» del Estado español vino dada desde la propia Iglesia, con el Concilio Vaticano II, que dispuso que no se debían conceder a las autoridades civiles ni derechos ni privilegios de elección, nombramiento, presentación o designación de obispos, al tiempo que estableció que la comunidad política y la Iglesia son «independientes y autónomas la una respecto a la otra».

Así, tras años de negativa por parte de Francisco Franco a un privilegio histórico: el derecho de presentación de obispos, el Rey Juan Carlos cedió esta competencia poco después de acceder al trono.

Así lo recuerda Oreja: «Cuando llegué al Palacio de la Zarzuela para tomar posesión como ministro de Exteriores con el Gobierno de Adolfo Suárez, me encontré con el Rey, que me preguntó: ¿Qué pasa con las relaciones con la Santa Sede, por qué tenemos problemas?».

«Le contesté que no estábamos acomodándonos a las exigencias de unos cambios que se habían producido en la Iglesia, por lo que deberíamos revisar nuestra posición. Me preguntó qué habría que hacer».

Renunciar al derecho de presentación de obispos fue el primer paso.

Este gesto fue muy apreciado por Roma y el propio papa Pablo VI, que --según afirma Oreja-- «tuvo unas pésimas relaciones con Franco» y le pidió que le trasladara al Rey su agradecimiento «por los pasos que estaba dando para normalizar las relaciones con la Iglesia».

Paralelamente, según comenta García Magán, la Iglesia renuncia al privilegio de fuero, en virtud del cual los obispos podrían ser juzgados por tribunales especiales ante determinados delitos, «y comienza la negociación de los Acuerdos».

Fueron cuatro acuerdos sobre asuntos jurídicos, de educación y asuntos culturales, económicos y de asistencia religiosa en las Fuerzas Armadas.

La financiación de la Iglesia católica en España se engloba dentro de los acuerdos económicos, y ésta pasa de una cantidad fija que el Estado entregaba a esta institución en compensación por las desamortizaciones de bienes eclesiásticos del siglo XIX, al régimen actual de colaboración económica a través del IRPF, que se concretó posteriormente con el Gobierno del PSOE.

En ese acuerdo --señala García Magán-- se establece que el objetivo último es que la iglesia llegue a autofinanciarse, algo que aún no ha ocurrido.

Marcelino Oreja reconoce que estos Acuerdos «fueron fruto de un momento específico, extensión del concepto de consenso típico de la Transición al ámbito de las relaciones entre la Iglesia y el Estado».

«Por eso mismo pueden y seguramente deberán ser adaptados a la realidad actual de la sociedad española, pero sobre la base de un consenso sin infecciones ideológicas ni presupuestos superados. Un consenso desde la perspectiva del pluralismo y desde la perspectiva de colaboración positiva entre el Estado y la Iglesia, tal y como viene impuesta por la Constitución», subraya.