Más de 76.000 vehículos circulan en Córdoba sin tener el seguro obligatorio, una infracción que según las compañías aseguradoras se ha disparado desde el inicio de la crisis, ya que muchos propietarios de automóviles han recortado este gasto ante la bajada de ingresos. Sin embargo, gran parte de ellos no saben a lo que se exponen: una sanción que puede llegar hasta los 3.005 euros, la inmovilización del vehículo y la responsabili- dad patrimonial en caso de provocar daños a terceros. De hecho, debido a este motivo, en el ejercicio pasado se impusieron en Córdoba multas por valor de 625.564 euros y en lo que va de año se han recaudado 366.191 euros.

Desde la asociación empresarial del seguro Unespa se han hecho campañas recordando que todo propietario de un vehículo a motor está obligado a contratar y mantener en vigor una póliza de seguro que cubra la responsabilidad civil del conductor que se derive de los daños, tanto personales como materiales, ocasionados a terceras personas como consecuencia de un accidente de circulación. Pero aun así, el sector de las aseguradoras considera que el 20% de los vehículos en España, unos 2,4 millones, carecen de seguro a terceros.

En el caso de Córdoba, donde hay 562.274 automóviles dados de alta en el registro de vehículos, 98.429 figuran sin seguro. Eso sí, teniendo en cuenta que muchos de ellos ya no existen y permanecen en el registro porque sus titulares no los dieron de baja, y que el número de vehículos sobre los que no se ha producido ningún movimiento desde 1980 es de unos 22.000, Tráfico estima que en Córdoba existe un 13,6% de vehículos sin seguro, lo que supone algo más de 76.000.

El incumplimiento de la obligación de tener suscrito el seguro obligatorio de automóviles (SOA), del que es responsable el propietario del vehículo, se sanciona con una multa de 601 a 3.005 euros, dependiendo de si el vehículo está circulando o no en el momento en el que se impone, su categoría y servicio al que esté destinado, el tiempo que lleva sin seguro o si hay reincidencia. Además, la ley de seguridad vial habilita al agente sancionador para que pueda inmovilizar el vehículo hasta que se presente un seguro en vigor. Todo esto incluso si el vehículo está estacionado, ya que a los agentes les basta con comprobar el FIVA (Fichero Informatizado de Vehículos Asegurados) para saber si carece de él e imponer la sanción. Y aún más, tampoco el hecho de que el propietario tenga parado, fuera de funcionamiento o en un garaje su vehículo durante un largo periodo de tiempo --por ejemplo, para ahorrar gasolina o porque es coleccionista-- es excusa para no tener el SOA y escaparse de la sanción.