El Cabildo Catedral de Córdoba ha recurrido en el juzgado de lo contencioso-administrativo número 3 de Córdoba un acuerdo de la Junta Local de Gobierno que declaró la titularidad municipal de los espacios libres existentes entre las construcciones destinadas a uso religioso, vivienda y de almacén existentes en la plaza de Nuestra Señora de la Fuensanta (Pocito). El Cabildo llega a los tribunales después de que el Ayuntamiento de Córdoba desestimara un recurso de reposición que recogía las alegaciones presentadas por la Iglesia en relación con el expediente de investigación sobre la propiedad de ese espacio.

En ese recurso, el Cabildo negaba la potestad del Ayuntamiento a dirimir la titularidad de la plaza, algo que "debería determinar la jurisdicción civil" y sostuvo que "existen títulos de propiedad que acreditan suficientemente la propiedad del Cabildo, pero ninguno que acredite la propiedad del Ayuntamiento". Para respaldar tal afirmación, aludió a unas lápidas existentes en el Santuario, al catastro hacendístico de 1754 y a dos documentos de 1684 sobre la supuesta propiedad de la Huerta de Albacete otorgada por el Rey. A este respecto, indicó que "tales documentos están escritos a mano y con muy difícil lectura, por lo que se aporta transcripción a ordenador realizada por un experto". También discutía el Cabildo la existencia de un camino vecinal en el Santuario, para lo que hacía referencia a una fotografía de 1880, a ordenanzas municipales de 1884, y señaló que "el hecho de que los terrenos estén abiertos al uso público no puede justificar la propiedad pública de los mismos".