El Ayuntamiento expidió en 2017 el certificado de empadronamiento a 190 familias que habitan viviendas de las que no poseen título de propiedad ni contrato de alquiler ni otro documento que sirva para justificar el uso de la misma. En estos casos, según el concejal de Gestión, Antonio Rojas, «es necesario aportar una solicitud de empadronamiento con los DNI de los adultos, libro de familia si hay menores, guardia y custodia mediante sentencia si hay divorcio... «Lo único diferente» a un empadronamiento normal, según el concejal, es que, al no poseer nada que justifique el uso, «deben aportar un escrito anexo donde indican que están ocupando la vivienda», tras lo cual el Ayuntamiento «solicita un informe a Servicios Sociales para que verifique en sus archivos «que tienen datos y antecedentes de ellos y que viven allí o que han hecho una visita y residen allí». Solo el año pasado, se tramitaron 190 expedientes mediante informe de Servicios Sociales. Al parecer, esta fórmula para hacerse con el empadronamiento de una vivienda se introdujo en el año 2015 para que las familias que ocupan una vivienda pudieran tener agua aplicándose el mínimo vital, ya que Emacsa exige el certificado de empadronamiento.

Según el acta del consejo de administración de enero de Emacsa, al cierre del 2017 había 309 familias que disfrutan de esta bonificación, lo que supone un coste de 23.709 euros. No todas esas familias son forzosamente okupas, ya que el mínimo vital se aplica también en otras circunstancias. Algunas familias okupas no requieren ese trámite para tener agua, ya que viven en comunidades de vecinos donde el contador es común, por lo que tienen el suministro sin necesidad de solicitarlo.