El juzgado de lo Social número 1 de Córdoba ha reconocido el derecho de un trabajador de Aucorsa a disfrutar de un permiso retribuido durante el tiempo de hospitalización de un menor saharahui acogido dentro del programa Vacaciones en Paz. Según ha informado el sindicato CNT, la empresa le concedió el permiso pero con la obligación de recuperar ese tiempo en su período de descanso.

Así pues, el menor precisó de una intervención quirúrgica durante su estancia en el país, por lo que el trabajador solicitó a la empresa el que se le concedieran dichos días como permiso, ya que no podía dejarle solo durante su hospitalización. La respuesta de la empresa ante tal petición fue que le concederían dichos días, pero teniendo que recuperarlos trabajando durante su período de descanso. En resumen, no iban a hacerse cargo de la solidaridad ajena. Sin embargo, según el juzgado de lo Social, en el presente caso el trabajador puede ausentarse del trabajo con derecho a remuneración debido a que está cumpliendo un deber inexcusable de carácter público y personal. Esto se debe a que durante el tiempo en que el menor residía en España el trabajador se había convertido (independientemente de que fuera de manera altruista o no) en su guardador de hecho, estando obligado a proporcionarle asistencia y protección integral al menor.

La sentencia afirma que «las obligaciones contraídas de velar, asistir en sentido omnicomprensivo de atender temporalmente al menor en todas sus necesidades de índole material, afectiva y moral, constituyen la sustancia de la figura jurídica del guardador de hecho...». Así mismo, se indica que “el cumplimiento de los deberes como guardador de hecho entra en la categoría jurídica de deberes personales inexcusables por cuanto su infracción puede llevar aparejadas consecuencias jurídicas y se enmarcan, como dato muy relevante, en el ámbito de la protección jurídica de los menores».

El sindicato ha criticado la actitud insolidaria del gerente de la empresa pública.