El juzgado de lo Penal número 3 de Córdoba ha decidido que el empresario y exconcejal de UCOR en el Ayuntamiento de la capital Rafael Gómez entre en prisión de forma voluntaria en un plazo máximo de cinco días para cumplir una de las penas que le fueron impuestas el pasado mes de febrero como autor de dos delitos de fraude contra la Hacienda pública por el impago de en torno a 29 millones de euros.

[cronología del proceso a Rafael Gómez]

En un auto conocido hoy pasado el mediodía, ha denegado la posibilidad de suspender la pena mientras se resuelve la petición de indulto presentada por Gómez ante el Gobierno, como había solicitado su representación en el proceso.

Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado se habían opuesto a que se adoptase esta medida. El auto señala que todavía se puede interponer recurso de apelación contra esta resolución ante la Audiencia Provincial de Córdoba.

Entre otras cuestiones, el texto recoge que "con carácter general, firme que sea una sentencia deberá ser ejecutada, con independencia de dicha propuesta (el perdón), que en su caso desplegaría efectos una vez concedida".

El juez recuerda que Gómez fue "condenado por dos delitos contra la Hacienda Pública, en su modalidad agravada por la cantidad defraudada, que no solo perjudican a terceros, sino también al interés general".

A esto añade que "en modo alguno, dada la duración de las penas privativas de libertad impuestas y dado que el expediente de indulto se ha de resolver en el plazo máximo de un año, no podría darse la circunstancia de que la pena se hubiese cumplido casi en su totalidad a la finalización de la tramitación del indulto sin que, por tanto, resulte ilusoria la finalidad del mismo". Junto a esto, el auto alude a que "la solicitud de suspensión de la ejecución de dicha pena por tramitación de indulto pudiera esconder un intento de retrasar el cumplimiento de lo acordado".

Rafael Gómez contaba con 74 años de edad en el momento de la condena y el juez apunta que "la edad del penado y su condición física deberán ser tenidas en cuenta y valoradas, en su caso, en el ámbito del tratamiento penitenciario".

De este modo, avanza que "a buen seguro que será tratado (en prisión) conforme a su edad y condición física, siendo igualmente atendido de las posibles enfermedades que padezca o que aparezcan durante el cumplimiento de su pena, dándose la circunstancia que no ha acreditado la existencia de ninguna enfermedad grave o con padecimientos incurables".

En el auto se tiene en cuenta, asimismo, que "tampoco se ha reparado el daño" cometido, ya que Gómez no ha abonado los alrededor de 29 millones de euros con los que debe indemnizar al fisco. Esta actuación, de acuerdo con las fuentes consultadas, sería clave para que le concedan el indulto y, como pone de manifiesto la resolución, también se ha tenido en cuenta en la suspensión de la pena mientras que este se tramita.

Hay que recordar que, por el momento, se mantienen abiertas dos posibles vías para evitar la condena, que son, de un lado, la ya referida petición de perdón y, por otro, el recurso de amparo presentado ante el Tribunal Constitucional, sobre el que todavía no ha trascendido si ha sido admitido a trámite. En caso de que lo sea, este órgano tardará en torno a un año en resolver si anula la sentencia del Penal número 3, que ya fue confirmada este verano por la Audiencia provincial. El empresario fue condenado al pago de una multa de casi 112 millones de euros y a cinco años y tres meses de privación de libertad por dos delitos contra Hacienda cometidos a través de dos de sus empresas.