Solamente los pasajeros que vayan a volar podrán acceder a los aeropuertos españoles. Los acompañantes que los trasladen deberán quedarse fuera del edificio. Tampoco habrá familiares esperándolos en la terminal de llegadas porque la entrada estará prohibida para ellos. Así, los aeropuertos tendrán un acceso limitado únicamente a aquellos pasajeros que dispongan de un billete o tarjeta de embarque y vayan a volar o hayan aterrizado. El objetivo: minimizar el riesgo de contagio de coronavirus en el transporte aéreo con el menor menoscabo de la economía.

Esta es una de las medidas que contempla el borrador del real decreto ley de medidas de reactivación económica para hacer frente al impacto del covid-19 en los ámbitos de transporte y vivienda del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Este texto, al que ha tenido acceso este diario, se debatirá en el Consejo de Ministros del 7 de julio. También podrán entrar en los aeropuertos los empleados que trabajen allí, el personal de las fuerzas de seguridad del Estado y otras personas por causas justificadas. Pero absolutamente todas deberán hacer uso, dentro de las instalaciones, de la mascarilla quirúrgica y mantener la distancia de dos metros.

AFECTACIÓN / El Gobierno, que reconoce que el sector del transporte (aéreo, marítimo y terrestre) ha sido uno de los «gravemente afectados» por la crisis sanitaria, busca ahora «establecer medidas eficaces» contra la propagación del covid-19 (y, con ellas, dar «seguridad» a los viajeros) a la vez que se recupera la actividad turística, «esencial -recoge el real decreto- para el restablecimiento de la actividad económica del país».

El real decreto de reactivación económica también establece que los aeropuertos y las compañías aéreas deberán informar a los pasajeros. Las compañías también deberán informar a los viajeros, antes de la emisión de las tarjetas de embarque, acerca de las causas sanitarias por las que estos deberían abstenerse de acceder a un aeropuerto. Y de las consecuencias derivadas de detectar en los controles sanitarios a una persona sospechosa de tener covid-19 (la denegación del embarque o el desalojo del avión).

Los pasajeros también tendrán que cumplir con obligaciones. Deberán abstenerse de coger un vuelo los que estén en aislamiento domiciliario, tengan síntomas o estén pasando el período de cuarentena por haber tenido contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticada. Tampoco podrán volar cuando, aun sin estar en la situación anterior, presenten síntomas evidentes.