El informe pericial independiente encargado por un juzgado italiano se resiste a conceder a Juana Rivas la custodia de sus hijos. El proceso por la tutela de los menores, de 12 y 4 años, ha quedado visto para sentencia con las dos partes enrocadas en sus posiciones y convencidas de que la sentencia será favorable a sus intereses. Pero en el entorno de Rivas pesa no solo la sentencia condenatoria en España que la limita para ejercer la patria potestad, sino también el informe independiente encargado por el juzgado de Cagliari que rechaza que sea Rivas quien se quede la custodia exclusiva de los niños basándose en el síndrome de alienación parental (SAP) y apuntando a que “el profundo desequilibrio emocional” de la progenitora y su “manipulación de la realidad” es “perjudicial” para los menores.

La defensa de la madre granadina se ha esforzado durante la vista, de apenas 15 minutos, en desmontar este informe pericial. A su salida del tribunal, la propia Rivas ha puesto el acento en el principal argumento que viene esgrimiendo desde que huyera de Italia hace unos años: el maltrato al que se vio sometida y que, según ha reprochado en declaraciones recogidas por Europa Press, es un asunto “que no se ha querido tocar” en este proceso civil, al igual que tampoco se han tomado en consideración diversos informes psicológicos a los niños realizados en España. Por eso, la española asegura que si la sentencia, que se espera para mediados de marzo, es negativa “seguirá luchando” porque es la única manera de que sus hijos “tengan un futuro”. “Espero que nos den luz y paz”, manifestó Rivas.

"CAPACIDAD DE MANIPULACIÓN"

Por su parte, el entorno de Francesco Arcuri, expareja de Juana, se muestra satisfecho con el resultado de la vista a tenor del informe pericial, elaborado por quien consideran una de las peritas más reputada del país en esta materia, Ludovica Iesu, y del que destacan que ha realizado numerosas entrevistas con los menores, sus profesores y pediatras e incluso con ambos progenitores. El documento, al que ha tenido acceso este diario, carga duramente contra Juana. "Tiene una gran capacidad de manipulación contra los niños", afirma el texto, insistiendo en que “a menudo ha demostrado que no se adhiere correctamente a la realidad, manipulándola”. Es más, el informe incide en que su narración de los hechos “pierde conexiones lógicas y temporales” y achaca a la española “un funcionamiento mental patológico, asociado con una desorganización del pensamiento”.

El informe pone el acento además en la instrumentalización del hijo mayor, de quien concluye que ha optado por “aliarse” con su madre “al considerarla más frágil”. Le atribuye el síndrome de alienación parental, la denominación que se da a una serie de comportamientos con los que supuestamente se demuestra la manipulación ejercida por alguno de los progenitores en contra del otro en los procesos de custodia y que está envuelta en polémica dado que es cuestionada por numerosos especialistas. De hecho, en España, la guía contra la violencia de género elaborada por el Consejo General del Poder Judicial en 2016 rechaza su empleo al no haber sido reconocido por ninguna asociación profesional o científica, y subrayando que aceptarlo en un procedimiento de guardia y custodia “supone someter a los menores a una terapia coactiva y una vulneración de sus derechos por parte de las instituciones que precisamente tienen como función protegerles”.

Desde la defensa de Arcuri conceden que además de este informe, en la decisión final tendrá también peso la sentencia condenatoria de un tribunal español, que han aportado a la causa, y que condena a Rivas a cinco años de prisión por dos delitos de sustracción de menores y a la retirada de la patria potestad durante otros seis años tras huir a España y ocultarse durante un mes para evitar entregar a los niños a su padre. En este sentido, la sentencia señaló que Rivas “explotó el argumento de los malos tratos” al darse cuenta del “escollo importante con la guarda y custodia” de los pequeños, y considerando que esa violencia de género “es inexistente porque no se ha probado en ningún proceso”.