El Consejo de Gobierno aprobó ayer el nuevo decreto regulador de las condiciones higiénico-sanitarias para la realización de tatuajes, micropigmentaciones y piercings, que refuerza las garantías de control sobre estas actividades y simplifica los trámites administrativos que les afectan. La nueva norma, que sustituye a la vigente desde 2002, se adapta a las directivas europeas de eliminación de trabas en los servicios del mercado interior. Además, el decreto regula por primera vez la micropigmentación (implantación semipermanente de elementos a nivel epidérmico), incrementa el control de las instalaciones y mejora las exigencias de información y protección de las personas usuarias. Respecto a las condiciones higiénico-sanitarias, la principal novedad es la obligación de los establecimientos de contar con programas acreditados de desinfección, desinsectación y desratización.

Frente a la anterior regulación que solo requería la esterilización, el nuevo decreto exige que los utensilios que atraviesen o penetren en la piel, las mucosas u otros tejidos, como agujas, electrodos, cuchillas, jeringuillas, tintas y similares (incluidos los materiales de rasurado y afeitado), deberán ser, además, de un solo uso.