Los tribunales de justicia empiezan a dar muestras de una nueva sensibilidad hacia los casos de violencia de género después del malestar generado en la sociedad con sentencias donde se cuestionaba la resistencia de las víctimas, como ocurrió con La Manada de los Sanfermines. Ahora, un tribunal de Sevilla ha considerado que si una mujer violada no recuerda o confunde los detalles escabrosos de la agresión sexual no significa que mienta, sino que es humanamente explicable y demuestran el aturdimiento y afectación psicológica sufrida. Y que si no se resiste hasta presentar lesiones es debido al shock por el miedo a sufrir una reacción más violenta.

El fallo, dado a conocer este miércoles, está firmado por dos juezas de la Sección Cuarta de la Audiencia provincial, y en ella se condena a cinco años de cárcel a un hombre por un delito de agresión sexual a una mujer con la que contactó a través de una página de internet ofreciendo un falso trabajo como cuidadora de una anciana, en respuesta a un anuncio de búsqueda de empleo que ella había publicado previamente. Frente a la petición de la fiscalía, que solicitaba nueve años de cárcel, el tribunal aplica la atenuante de reparación del daño y le impone una indemnización de 30.000 euros a la víctima por los daños morales ocasionados, así como la prohibición de comunicarse o aproximarse a menos de 200 metros de la víctima durante nueve años.

Según el relato de hechos probados, en mayo de 2018 la víctima, de origen sudamericano, llevaba escasos días en Sevilla y buscaba trabajo, por lo que publicó un anuncio en una conocida web de anuncios de segunda mano y ofertas de empleo ofreciéndose como interna para cuidar niños o personas mayores. Apenas transcurridas unas horas, recibió una llamada del acusado, con número oculto, con el pretexto de ofrecerle un trabajo de cuidadora de una anciana y citándola ese mismo día a las puertas de un hospital de Sevilla capital.

El acusado se presentó a bordo de un turismo, y la invitó a subir con premura porque no encontraba aparcamiento. Le iba hablando del trabajo a realizar, mostrándose cordial y relatándole detalles de la persona a la que iba a cuidar y de la casa donde iba a trabajar, mientras conducía hacia un descampado en las afueras, donde detuvo el vehículo.

"POR LAS BUENAS O POR LAS MALAS"

En ese momento cambió su actitud, conminándola a pasarse a los asientos traseros, y con intención de satisfacer sus deseos sexuales, el hombre se situó encima de la afectada y comenzó a bajarle el pantalón, a lo que ella se opuso inicialmente hasta que temió por su integridad física, dado que el acusado le aseguró que esto va a ser o por las buenas o por las malas. Así, el acusado la agredió sexualmente pese a la voluntad contraria a ello de la denunciante, que decía que no quería y que por favor la dejara.

Tras concluir, el hombre retornó con la víctima hasta un lugar próximo a su domicilio, donde la joven de inmediato acudió a una farmacia pedir la píldora del día después. Fue en la farmacia donde le confesó a una trabajadora que acababa de ser agredida sexualmente, por lo que ésta le aconsejó que fuera al médico y denunciara los hechos, como así hizo la víctima.

El tribunal considera en la sentencia que el testimonio prestado por la denunciante fue sincero, verosímil y plenamente creíble, corroborado además por testigos y periciales, pese a que no acierte a recordar algún detalle escabroso de la agresión registrada al poco de llegar a una ciudad que no conocía y donde no tenía relación con nadie. Unas imprecisiones, dice el fallo, humanamente explicables y que demuestran el aturdimiento y afectación psicológica sufrida por la víctima, así como la ausencia de intención de faltar a la verdad, como trató de demostrar la defensa del acusado.

Asimismo, los jueces entienden que la lesión que mostraba la víctima en la vagina es compatible con haber sido forzada, apuntando que el hecho de que no presentara otras lesiones en brazos o piernas por el forcejeo no desvirtúan el testimonio y credibilidad de la víctima, pues la misma ha explicado que cuando se resistió a la acción del procesado, intentando varias veces subirse los pantalones cuando él se los bajaba. Cuando el procesado se mostró más enérgico, ella sufrió una especie de shock por el miedo que le causó la actitud del acusado, lo que la condujo a no intensificar la resistencia, evitando una reacción más agresiva del procesado.

El acusado trató de desmontar la acusación asegurando que las relaciones fueron plenamente consentidas e incluso apuntó que fueron propuestas por la víctima, de quien dijo que le refirió que ocasionalmente ejercía la prostitución, algo que no ha sido corroborado. La relación sexual fue inconsentida y para mantenerla el procesado empleó fuerza e intimidación sobre la víctima, concluye el tribunal.