La Audiencia de Valladolid ha condenado a 27 años y 11 meses de cárcel a Davinia M.G., la madre de la niña de 4 años Sara, y a prisión permanente revisable a la pareja de la mujer, Roberto H.H., por el asesinato de la pequeña en agosto de 2017 tras sufrir violación y maltrato continuado. La sentencia, notificada ayer, establece la condena para la madre de la menor por comisión por omisión, lo que supone no haber protegido de la forma en que debía a su hija, y considera al procesado autor material de los hechos.

La resolución judicial, firmada por el presidente de la Audiencia de Valladolid, Feliciano Trebolle, se ha basado en el veredicto del jurado popular que deliberó sobre el caso -integrado por cuatro mujeres y cinco hombres- e hizo pública su decisión el pasado 25 de mayo. En concreto, el fallo de la sentencia establece prisión permanente revisable para el compañero sentimental de la madre de la pequeña en el momento de los hechos por un delito de asesinato -y no homicidio-, ya que fue cometido con alevosía -la niña no pudo defenderse- y con ensañamiento -causando más dolor del necesario para originar el fallecimiento-.

Fija también para Roberto H.H. 22 años de prisión por cuatro delitos de maltrato a persona especialmente vulnerable, un delito de maltrato habitual y un delito de agresión sexual a menor de 16 años, y considera que en todos los delitos concurre la circunstancia agravante de odio por el origen rumano de la niña.

Por su parte, la condena para la madre de Sara establece 25 años de prisión como autora por comisión por omisión del delito de asesinato, con alevosía pero no con ensañamiento en este caso. Por tres delitos de maltrato con lesiones y un delito de maltrato habitual, la Audiencia ha establecido dos años y 11 meses de prisión para Davinia M.G., como autora igualmente por comisión por omisión. En todos los delitos, para la progenitora de la pequeña se han aplicado las atenuantes de obcecación y confesión que apreciaron los miembros del jurado popular.

Los dos procesados deberán indemnizar de manera conjunta al padre de la niña con 85.000 euros, y a su hermana, que tenía 12 años cuando ocurrieron los hechos, con 70.000 euros.

El magistrado presidente no priva de la patria potestad a la condenada en relación con la hermana de Sara ni le prohíbe comunicarse con ella al aplicar la jurisprudencia del Supremo, que exigiría para ello que la otra hija de Davinia M.G. hubiera sufrido los hechos o presenciado los mismos, además de que la acusada no ha sido considerada autora material de los delitos.