Un juzgado de Instrucción de Alcobendas ha archivado la causa contra los dueños de un vehículo 'cazado' circulando a 242 kilómetros por hora en la N-1, por no poder determinar quién lo conducía, según el auto.

La velocidad de la vía es de 120 kilómetros por hora, y del tramo en concreto donde fue captado por un radar circulando a esa velocidad es de 100 kilómetros por hora. De hecho, la única prueba era la fotografía de este radar fijo, pero el vehículo no fue interceptado para identificar al conductor.

Por ello, ambos propietarios, un hombre y una mujer, sostuvieron que ha tenido que existir algún tipo de error en el radar a la hora de medir la velocidad, pues respetan las normas de circulación a diario, teniendo ambos todos los puntos del carnet.

Asimismo, manifestaron la "imposibilidad material" de cometer el hecho delictivo que se les atribuye, toda vez que su vehículo no alcanza tal velocidad, y que el día de los hechos, 30 de julio del 2017, era operación salida, por lo que el tráfico lejos de ser fluido estaba congestionado, siendo ya de por sí ese tramo conflictivo para circular pues llega a varios centros comerciales, según expone la defensa.

FALTA DE AUTORÍA

Por otro lado, aseguran que no se acuerdan de quién conducía el vehículo, al ser ambos conductores habituales del mismo, aunque en el seguro figura el hombre como conductor habitual.

Así las cosas, la defensa de los investigados ejercida por el abogado penalista Juan Gonzalo Ospina solicitó el archivo y sobreseimiento de la causa por falta de autoría es decir, que no se podría atribuir la conducta ilícita a ninguno de los investigados. Aun así, el juez dictó auto de Procedimiento Abreviado con el fin que el fiscal interesara la apertura del juicio oral. Sin embargo, en este caso el Ministerio Fiscal solicitó al igual que había realizado Ospina el archivo de la causa por los mismos motivos que indicaba la defensa.