El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo ha sentenciado que las empresas que controlen los correos electrónicos profesionales de sus trabajadores sin avisarles antes y sin una justificación convincente contravienen la protección de la vida privada y la correspondencia de los ciudadanos. El tribunal aclara que, pese a que las normas de una empresa prohíban el uso de Internet con fines privados, «no pueden reducir a la nada el ejercicio de la vida privada social en un lugar de trabajo». Buena aclaración si se piensa en el número de horas que un empleado pasa en el trabajo.