Si el arte en ocasiones es una copia pobre de la vida, qué va a ser el derecho. El derecho reglado, con su minucia sobre las posibilidades infinitas dentro de una acción, no siempre puede captar la realidad de una escena. El matiz, el detalle. Esa totalidad. Si hubo o no consentimiento expreso o tácito. Si hubo o no violencia. Si la intimidación fue la que exige el Código Penal. Por eso hay tanto dolor sacudiendo estos días las calles españolas: porque hay demasiadas mujeres que han sufrido violencia, intimidación y vejaciones sin matices y se sienten heridas por la sentencia dictada a La Manada, precisamente porque el derecho siempre va por detrás de la vida. Muchas de las mujeres que han salido a gritar se ven reflejadas en la víctima porque han padecido la indefensión que te hace pensar que por ser mujer debes cargar con equipajes que ningún hombre tiene que sufrir. Se ven reflejadas porque a menudo sus padecimientos no se han visto sellados con ninguna reparación, con ninguna justicia; porque la vida es un asunto demasiado complejo como para poderse suturar con una orden de alejamiento, sobre todo si no ha llegado a tiempo.

La Audiencia de Navarra condena a nueve años de prisión y otros cinco de libertad vigilada a cada uno de estos cinco tipos, juzgados por la violación grupal de una muchacha durante los Sanfermines de 2016. La condena es por delitos continuados de abuso sexual con prevalimiento; pero no por violación, porque el tribunal no ha apreciado la violencia o la intimidación necesarias para que el delito sea considerado una agresión sexual. Y precisamente aquí se ha producido el aullido de rabia, de indignación agónica. Porque lo que se explica claramente en el Código Penal no siempre tiene un correlato lógico en la vida, en lo que sucedió en aquella oscuridad. Así, en nuestro ordenamiento, tanto el abuso y la violación parten de idéntica premisa: un atentado contra la libertad sexual de una persona. Si en esa vulneración de la libertad sexual media violencia o intimidación se considerará agresión, una violación; pero si no se aprecia, el Código Penal lo califica como abusos. Llegamos al lenguaje: ¿qué es violencia para el Código penal? ¿Qué es intimidación? Para las y los miles de manifestantes que han ocupado las avenidas en varias ciudades queda claro que sí hubo violencia e intimidación. Pero como explica la sentencia, para la jurisprudencia del Tribunal Supremo la violencia debe consistir en un uso de la fuerza que venza a la voluntad de la denunciante, y la intimidación, por su parte, en «constreñimiento psicológico, consistente en la amenaza o el anuncio de un mal grave, futuro y verosímil, si la víctima no accede a participar en una determinada acción sexual». Para la sentencia, «En las concretas circunstancias del caso, no apreciamos que exista intimidación a los efectos de integrar el tipo de agresión sexual». Sin embargo, no se queda aquí: «Por el contrario, estimamos que los procesados conformaron de modo voluntario una situación de preeminencia sobre la denunciante, objetivamente apreciable, que les generó una posición privilegiada sobre ella, aprovechando la superioridad así generada, para abusar sexualmente de la denunciante quien de esta forma no prestó su consentimiento libremente, sino viciado, coaccionado o presionado por tal situación». Desde el lenguaje, esa «situación de preeminencia sobre la denunciante», para que la víctima no prestara «su consentimiento libremente, sino viciado, coaccionado o presionado», si no es violencia pasiva, ¿no constituye al menos una intimidación?

En una relación sexual, entre dos o entre seis, o hay o no hay consentimiento. No cabe una tercera posibilidad. Puede ser expreso o tácito. Puede pronunciarse o no. Puede sugerirse. Pero o lo hay, o no lo hay. Y ni siquiera no haber dicho «No» significa que lo hubiera, porque puede haber circunstancias que paralicen a la víctima y no siempre van a venir recogidas en nuestro ordenamiento. El tema de fondo es cómo regula el Código Penal el consentimiento o no de una mujer ante una situación de violencia, miedo o riesgo para su vida: recordemos a Diana Quer, que se resistió. ¿Hasta dónde deben luchar, entonces? ¿Hasta la muerte? Los manuales sobre violaciones recomiendan a las mujeres no resistirse para evitar males mayores. Vuelvo a Diana Quer. Vuelvo a la sentencia, a la que queda el recorrido hasta el Tribunal Supremo. ¿Hay consentimiento viciado, pero no hay intimidación? ¿Entonces, qué vició el consentimiento?

* Escritor