A hora que el Gobierno está negociando la aprobación de los Presupuestos Generales del 2019, conviene que tenga en cuenta algunos límites, por si sigue vigente en este Gobierno aquella apreciación de su vicepresidenta, la señora Calvo, y que parece que Podemos hace suya, de que «el dinero público no es de nadie».

La Constitución española, como todas las de las democracias liberales, contiene, además de una definición asertiva del Estado, un conjunto de derechos, unos procedimientos de elección y decisión, una organización de la Administración pública y un conjunto de principios programáticos para la acción de gobierno. Visto desde la ciudadanía, la Constitución son los límites dentro de los cuales puede actuar el Gobierno. No todo, pues, es posible, aunque se tenga mayoría en las Cámaras.

En nuestra Constitución hay varios artículos referidos a la Hacienda Pública. El primero, el artículo 31, establece la obligación de «todos» a «contribuir al sostenimiento de los gastos públicos», según un sistema fiscal igualitario y progresivo. Y establecida la obligación, en el título VII se regulan los límites de la política fiscal. Especialmente en el artículo 135, reformado en el 2011, que sacraliza el principio de estabilidad presupuestaria. Más aún, fija que los límites de nuestro déficit serán los establecidos por la Unión Europea. Un artículo, este 135, que es una garantía para la ciudadanía de que el Gobierno será responsable con el dinero de todos, pues para expandir el gasto ha de justificar una subida de impuestos. Una garantía de que las deudas públicas tienen un límite. Un artículo, además, que está desarrollado en una ley orgánica, la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera de abril de 2012, y comprometido en el Tratado de Estabilidad, Coordinación y Gobernanza de 2 de marzo de 2012. Un artículo que, en su disposición adicional primera, fija el año 2020 como el primero sin déficit extraordinario. Hay, pues, unos importantes límites legales en la negociación de los presupuestos del año que viene, que no se deben sobrepasar, si se quiere mantener la credibilidad interna y externa.

A estos límites legales, además, hay que sumar la situación financiera de nuestra Hacienda pública. Y es que la deuda pública española no ha parado de crecer desde el inicio de la crisis y seguirá creciendo, pues está previsto un déficit del 2,3% del PIB (unos 25.000 millones de euros) para este año y del 1,7% para el que viene. Tenemos una deuda pública del 101% del PIB (1,16 billones de euros, sí, ha leído bien: 1,16 millones de millones de euros) que tiene un vencimiento medio de 7 años y un tipo medio del 2%, lo que implica que cada año el Gobierno tiene que colocar en los mercados unos 160.000 millones de euros (porque no puede amortizar los vencimientos), de los cuales una parte importante tiene que venir del ahorro exterior (unos 70.000 millones), y que estamos pagando unos 22.000 millones de euros en intereses. Estamos, pues, llegando a un límite de deuda.

Finalmente, hay una razón de macroeconomía básica y es que, dado que la economía española lleva ya cinco años de crecimientos en el entorno del 3% y ha alcanzado el nivel de renta de antes de la crisis, es más razonable buscar el equilibrio presupuestario que expandir deuda, pues se reducen las necesidades de financiación exterior y la prima de riesgo, al tiempo que no se sobrecarga de impuestos a las familias (con una presión fiscal total de casi el 40%), con lo que se transfiere renta para consumo. Si se quiere hacer política social, hay otras formas mucho más eficientes.

Hay, pues, límites legales, financieros y lógica económica que el Gobierno debería tener en cuenta en su negociación con Podemos y con los ultranacionalistas. Aunque, claro, ninguno de los interlocutores del Gobierno lee la Constitución, a la mayoría no les preocupa la deuda pública y la poca economía que saben es del siglo XIX.

* Profesor de Política Económica. Universidad Loyola