L a imagen de María Santísima de la O, en el barrio de Fátima, no tiene permiso para salir el próximo Sábado de Pasión desde las instalaciones exteriores del centro cívico municipal Levante. Los permisos los da el Consistorio y los deniega como es el caso. El motivo tiene que ver con el reglamento que rige los usos de los centros cívicos y entre los cuales se prohíbe expresamente y de manera categórica cualquier tipo o especie de acto religioso. Los que han decidido la denegación del permiso consideran que el que la imagen de María Santísima de la O esté circunstancialmente en las instalaciones del centro cívico para salir en una procesión, es un acto religioso por lo que según el susodicho reglamento los actos religiosos no están permitidos. Aunque podríamos plantear el caso de otra forma. ¿Si usted y yo fuéramos los responsables de dar el permiso para que la imagen popular de la Virgen estuviera de manera circunstancial en un centro público y no quisiéramos darlo, qué tendríamos qué hacer? Pues determinar que esa circunstancia accidental es un acto religioso que es lo que reseña el reglamento. Aunque también se podría haber tenido en cuenta que por la precariedad y el objetivo del momento no se dan las circunstancias de acto religioso y desnudada de este carácter místico la imagen solo hubiera quedado en una representación cultural y popular. Pero cuando se trata de sacrificar algo siempre se ha de invocar al carácter religioso del sacrificio. En este caso el chivo expiatorio es la expresión y voluntad popular y los que deciden sacrificarla convierten un reglamento en doctrina y sus restricciones en blasfemias punitivas. No hay nada más pseudoreligioso que negar un acto tan cívico como el paso circunstancial de una agrupación de Semana Santa por un centro de todos. Caifás necesitó para crucificar al Nazareno endilgarle una blasfemia.

* Mediador y coach