La Policía Local de Lucena ha hecho pública la instrucción transitoria que la Dirección General de Tráfico ha establecido para regular el uso de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) hasta la publicación de la normativa correspondiente. Según la instrucción, un VMP es un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar una velocidad máxima por diseño comprendida entre los 6 y los 25 kilómetros por hora. A los VMP no se les exige autorización administrativa para circular ni para conducir, ni seguro obligatorio. Por tanto, no se detraerán puntos al conductor cuando esté claro que el tipo de vehículo que conduce es un VMP. Según refleja la DGT, los comportamientos sancionables están relacionados con alcohol y drogas (con multas que oscilan entre 500 euros o, en caso de que haya presencia de drogas en el organismo del conductor, 1.000 euros, y la inmovilización del vehículo), uso del teléfono móvil, con una sanción de 200 euros, etc.