El Tribunal Superior de Justícia de Cataluña (TSJC) ha rechazado el recurso presentado por la presidenta del Parlament, Carmen Forcadell, el vicepresidente Lluís Maria Corominas, la secretaria primera de la Mesa, Anna Simó, y la secretaria cuarta, Ramona Barrufet, contra la admisión de la querella presentada por la fiscalía contra ellos en febrero. El ministerio público les atribuye los delitos de desobediencia y prevaricación al permitir que se tramitara la propuesta de resolución de Junts pel Sí y la CUP que abogaba por convocar un referéndum unilateral sobre la independencia y que fue aprobada con los votos de estos dos grupos el pasado 6 de octubre. La querella respondía a la decisión del Tribunal Constitucional (TC) de anular la hoja de ruta de la 'desconexión' impulsada por los partidos independentistas.

Los recurrentes cuestionan la existencia de los delitos de desobediencia y prevaricación, pues consideran que los actos que se reflejan en la querella son de una "inequívoca naturaleza parlamentaria" y se ajustaron a “un procedimiento obligatorio”, el que regula el debate sobre la orientación política del Govern y que atribuye a la Mesa del Parlament solo “un control de congruencia” de las propuestas, sin posibilidad de hacer uso de “ningún otro filtro sobre su contenido”.

El TSJC, sin embargo, señala que la descripción efectuada por el fiscal en la querella y los documentos que la acompaña permiten apreciar que los hechos sí parecen ser constitutivos de delito. Y agrega que las resoluciones atribuidas a cuatro parlamentarios "parecen tener contenido decisorio, que excedería del que es propio de los simples actos de trámite”.

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El auto del alto tribunal destaca, además, que esas resoluciones, pese a su fundamentación formal o aparente, es posible tildarlas — indiciariamente— de arbitrarias, si, como afirma el fiscal, en su querella llegara a apreciarse que fueron adoptadas con plena consciencia de su ilegalidad. A la vez sostiene que los querellados “debieron conocer y valorar el contenido de las propuestas admitidas a trámite” y más cuando fue sometido a su reconsideración. También argumenta que el resultado, “más allá de expresar una determinada voluntad política, por su alcance y transcendencia, no puede calificarse de inocuo desde el punto de vista jurídico”.

Los jueces tampoco aprecian que los que los hechos denunciados, cuya comisión se ha atribuido indiciariamente por el fiscal a los querellados, se hallen amparados por la prerrogativa de la inviolabilidad parlamentaria. El TSJC, además, confirma la acumulación de esta querella a otro proceso abierto contra Forcadell.

La propia presidenta de la Cámara catalana ha reaccionado a la decisión del TSJC a través de Twitter, donde ha expresado su compromiso con seguir "hablando de todo lo que preocupa a la fiscalía" a pesar de las "querellas ideológicas de la fiscalía".