Será imposible que el Tribunal Supremo dicte la sentencia contra los líderes del 'procés', procesados por rebelión, malversación o desobediencia, antes de las elecciones autonómicas, municipales y europeas que se celebrarán en mayo. La tramitación de la causa, en la que las defensas han demostrado tener un especial interés en retrasarla lo más posible para hacer coincidir su juicio con estos comicios, ha obligado al alto tribunal a hacer un nuevo calendario, que sitúa el inicio de la vista oral en enero y la previsión para dictar sentencia después de la consulta electoral.

Fuentes del Supremo han apuntado a este diario el tiempo transcurrido en otros procedimientos relevantes en dictar sentencia después de concluir el juicio -como el de la primera época del 'caso Gürtel', en el que el tribunal tardó medio año en pronunciarse- para considerar difícil que antes de julio se conozca la que determinará si lo ocurrido en Catalunya fue rebelión, sedición o una mera consulta ciudadana sin relevancia penal, como pretenden las defensas con escasas esperanzas.

En estos momentos las defensas de los 18 procesados a disposición de la justicia española tienen hasta el próximo día 25 para darse por instruidas del procedimiento y solicitar la apertura del juicio oral, como ya han hecho la fiscalía y la acusación que ejerce Vox, o, por el contrario, pedir su revocación para practicar nuevas diligencias, opción anunciada por algunos letrados y con la que cuenta el tribunal.

ACUSACIÓN POR REBELIÓN

La Sala de siete magistrados que juzgará el caso, bajo la presidencia de Manuel Marchena, deberá reunirse para determinar si alguna de las pruebas solicitadas es necesaria o no. Una vez descartadas, el tribunal procederá a dictar la apertura de juicio oral y dará traslado a las acusaciones para que en un plazo de cinco o 10 días presenten sus escritos de calificación, lo que ya se producirá en octubre, pero pasado el aniversario del 1-O.

Será entonces cuando se despejen todas las dudas suscitadas sobre la acusación de la fiscalía. Según las fuentes consultadas, difícilmente se eliminará la rebelión, pese a los continuos llamamientos públicos de los socios parlamentarios de Pedro Sánchez para que el ministerio público rebaje su acusación, si el Gobierno quiere garantizar la estabilidad con la aprobación de unos presupuestos que dejen de ser una prórroga de los del PP.

Previsiblemente ese delito se acompañará, como alternativas, del de sedición o del de conspiración para la rebelión en el escrito fiscal. El Ejecutivo tiene poco margen para ordenar rebajas de penas sin exponerse a un escándalo mayúsculo, ya que los cuatro representantes del ministerio público se han mostrado inflexibles con la existencia de la rebelión durante toda la instrucción del procedimiento. Donde tiene más capacidad de maniobra es en la Abogacía del Estado, que puede acusar por los delitos que considere, pero no resultaría raro que se centrara en el que motivó su personación: la malversación.

En cualquier caso, la decisión que adopte la fiscalía en esta causa marcará también la seguida contra el exjefe de los Mossos Josep Lluís Trapero y el resto de la excúpula política del cuerpo, donde la magistrada Carmen Lamela solo procesó por sedición y organización criminal. De hecho, fuentes del alto tribunal han señalado que el juicio de la Audiencia Nacional se celebrará después de conocerse su sentencia que al ser firme automáticamente marcará el criterio del resto de tribunales españoles con procedimientos relativos a lo ocurrido en Catalunya entre septiembre y octubre del año pasado.

CUESTIONAR LA COMPETENCIA

Conocida la acusación fiscal, las defensas volverán a intentar cuestionar la competencia del Tribunal Supremo para juzgar el 'procés' y plantearán de nuevo la vulneración de derechos fundamentales que han planteado durante la instrucción a través de la interposición de un artículo de previo pronunciamiento. En cuanto presenten su escrito de defensa, se fijará el juicio, para evitar retraso alguna en una causa con presos.