El Tribunal Supremo condenará por sedición y no por rebelión a los principales líderes independentistas juzgados durante cuatro meses en Madrid, al no apreciar que durante el otoño de 2017 usaran la violencia como instrumento para conseguir la independencia de Cataluña, confirmaron a este diario fuentes jurídicas. De esta forma el alto tribunal hace suyo el criterio de la Abogacía del Estado frente al de la Fiscalía, que defendió hasta el último momento que se trató de un delito de rebelión.

Los condenados por sedición serán los nueve acusados que se encuentran en prisión provisional: el presidente de ERC, Oriol Junqueras, los 'consellers' en el Gobierno del huido Carles Puigdemont, Raül Romeva, Joaquim Forn, Josep Rull, Jordi Turull, Dolors Bassa, la expresidenta del Parlament Carme Forcadell y los líderes de la Assemblea Nacional Catalana (ANC) y de Òmnium Cultural Jordi Sànchez y Jordi Cuixart.

El artículo 544 del Código Penal considera "reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales". Los Servicios Jurídicos del Estado solicitaban por este delito, para cuya comisión consideraban que la malversación fue un medio necesario, 12 años de cárcel para Junqueras, 11 y medio para los 'exconsellers', 10 para Forcadell y ocho para los 'Jordis'.

Desobediencia

Los otros tres acusados, los 'exconsellers' Santi Vila, Meritxell Borrás y Carles Mundó, a los que únicamente se acusaba de malversación y desobediencia, por lo que no estaban en prisión provisional, únicamente responderán por el último delito, lo que supone que su condena se reducirá a penas de inhabilitación y multa por incumplir las resoluciones judiciales que vetaban el referéndum ilegal que acabó celebrándose el 1-O. Tanto la fiscalía como la Abogacía del Estado pedía para ambos 7 años de cárcel.

Los siete magistrados que componen el tribunal tenían previsto dar durante este fin de semana una última lectura a la sentencia redactada por el presidente de la Sala Segunda, Manuel Marchena, que todavía puede sufrir modificaciones, puesto que aún no ha sido firmada y hasta ese momento una sentencia judicial es como si no existiera. El lunes está previsto que en una última reunión los magistrados procedan a su rúbrica, momento en el que todavía, según la ley de enjuiciamiento criminal, pueden anunciar la redaccción de algún voto particular para dejar constancia escrita de su discrepancia. Este viernes, no obstante, el texto contaba con un respaldo unánime.

Si no surge ninguna discrepancia seria de última hora, la sentencia será notificada a las partes. Para ello se citará a los procuradores de los acusados en el Supremo y se les entregará en mano la resolución. Además, a través de exhortos a los juzgados próximos a las cárceles donde están internados los acusados presos se les comunicará a estos para cumplir con la notificación personal.