Los líderes independentistas presos que el pasado 28 de abril resultaron elegidos diputados en el Congreso (Oriol Junqueras, Jordi Turull, Jordi Sànchez y Josep Rull) y senador (Raül Romeva) volvieron a pedir al Tribunal Supremo quedar en libertad para poder ejercer esa responsabilidad. E instan a la Sala a tramitar el correspondiente suplicatorio para que puedan continuar siendo juzgados. De concederse la petición, esto supondría la suspensión del juicio.

El tribunal que preside Manuel Marchena adoptará una decisión al respecto una vez que haya recabado la opinión de las partes, a las que ha concedido 24 horas para pronunciarse. Fuentes fiscales se muestran contrarias a apoyar la libertad, independientemente de la concesión de los permisos para tomar posesión del escaño. Ni ven necesario tramitar el suplicatorio, porque lo consideran previsto cara al inicio de una causa o a un futuro procesamiento, pero no en casos como este donde los trámites se produjeron hace meses y ya se está en pleno juicio oral.

Ni Andreu Van den Eynde ni Jordi Pina, abogados de los electos de ERC y de Junts per Catalunya, respectivamente, piden expresamente en sus escritos que el juicio se suspenda mientras las Cortes dan el visto bueno al procedimiento judicial. Esto ha dado pie a Sànchez a señalar en Twitter que él no pide «la suspensión» del juicio ni ningún privilegio.

Pero de la lectura de ambas peticiones, sobre todo la firmada por Pina, se desprende que ven imprescindible la paralización de la vista para cumplir lo previsto en la ley de enjuiciamiento criminal. De hecho, insta a elevar «atento suplicatorio al Congreso, solicitando la autorización necesaria para proceder con la continuación de las sesiones del juicio oral» contra ellos.

Cita el artículo 753 de esa norma -incluido en el capítulo Del modo de proceder cuando fuere procesado un senador o diputado a Cortes-, que dice que «se suspenderán por el secretario judicial los procedimientos desde el día en que se dé conocimiento a las Cortes, estén o no abiertas, permaneciendo las cosas en el estado en que entonces se hallen, hasta que el cuerpo colegislador respectivo resuelva lo que tenga por conveniente». Por si no queda claro, añade: «No hay lugar a dudas sobre la procedencia de la suspensión de los procedimientos en curso una vez solicitada autorización a las Cámaras a fin de que estas se pronuncien».

Y esa suspensión del juicio implicaría que los electos, pero también el resto de presos, queden en libertad o con medidas menos gravosas. Los escritos se refieren a los primeros para que no solo asistan al pleno de constitución de las cámaras -lo que, como adelantó este diario, no plantea problema alguno-, sino para poder ejercer sus responsabilidades en el grupo parlamentario y en las comisiones. Fuentes del alto tribunal descartan esta posibilidad porque entienden que tras tomar posesión deberían ser suspendidos de funciones o por las cámaras o por el 384 bis de la ley de enjuiciamiento criminal.

Las defensas argumentan que los acusados «llevan un tiempo muy significativo de prisión; sus funciones representativas ya han sido limitadas; son líderes políticos de sus formaciones; cabezas de listas, y existen fórmulas alternativas de aseguramiento de su sumisión al pleito que afrontan con relación a hechos de indudable contenido político».

Junqueras, Turull, Rull, Sànchez y Romeva ya pidieron al tribunal su libertad para participar en la campaña electoral, pretensión que fue rechazada.