El expresidente de Murcia Pedro Antonio Sánchez será juzgado por el Tribunal Superior de Justicia por un delito continuado de prevaricación y dos de fraude en la contratación y construcción del auditorio de Puerto Lumbreras en su etapa de alcalde de la población. La decisión del juez de sentarle en el banquillo pone en apuros a la dirección del PP, pues Sánchez, pese a haber dimitido como presidente autonómico, es todavía líder de los populares murcianos y diputado de la Asamblea regional.

El magistrado instructor, Julián Pérez-Templado, ha acordado continuar el proceso judicial contra el expresidente de Murcia al apreciar indicios en la presunta comisión de varios delitos. Tras finalizar las diligencias previas del llamado 'caso Auditorio', en el que se investiga el proyecto, adjudicación, ejecución y recepción de las obras del Centro Cultural de Puerto Lumbreras. En un auto notificado este viernes, el juez entiende que podría darse la comisión de los delitos de prevaricación continuada, fraude en la obtención desubvenciones públicas, y prevaricación o fraude de fondos públicos.

Igualmente, ordena que el procedimiento continúe contra el arquitecto Martín Lejarra, responsable del proyecto y ejecución de la obra y Vicente Gimeno Merino, legal representante de la constructora, como cooperadores necesarios en el último de los delitos señalados anteriormente (prevaricación o fraude contra fondos públicos).

TRES IRREGULARIDADES

El instructor concreta en tres apartados, que luego desglosa en los fundamentos jurídicos, los hechos por los que debe continuar el procedimiento: la contratación irregular del arquitecto, la obtención de una subvención de manera falsaria y sin cumplir la finalidad y los cambios del contrato originario acordados por el exalcalde, el arquitecto y el constructor para salvar sus responsabilidades. El auto decreta el sobreseimiento provisional para el resto de los investigados en este procedimiento.

Tras esta resolución, siempre que alcance firmeza, el Ministerio Fiscal y las demás acusaciones personadas tienen 10 días para formular escrito de acusación solicitando la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de la causa, "sin perjuicio de que excepcionalmente puedan solicitar la práctica de diligencias complementarias que consideren indispensables para formular acusación", concluye la parte dispositiva del auto.