El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha propuesto juzgar a dos personas que publicaron mensajes insultantes en Twitter contra la expresidenta de la Asociación 11-M Afectados del Terrorismo Pilar Manjón. Un auto del titular del Juzgado Central de Instrucción número 2 concluye que Tomás Santos Martín yLuis Fernando de Reyna de los Ríos han incurrido en un delito de humillación a las víctimas del terrorismo.

Asimismo, da traslado a la fiscalía y las acusaciones particulares personadas que emitan sus escritos de acusación solicitando la apertura de juicio oral o la petición de sobreseimiento de la causa. Según el auto, Santos Martín fue el administrador de varios perfiles en Twitter desde los que se difundieron mensajes ofensivos. Desde la cuenta ¡Arriba España! (@arriba_ae) escribió tuits en los que se mencionaba al hijo de Manjón, fallecido en los atentados de Madrid del 11 de marzo del 2004.

Algunos de esos mensajes, por los que Manjón interpuso una querella, apuntaban: "A Pilar Manjón le tocó la lotería cuando la reventaron al hijo. Menuda puta"; "Imagino que el padre del hijo de la Manjón no dice nada porque no se sabe quién es...", o "¿Te imaginas que Manjón muere en un accidente de coche contra ti? #MEDESCOJONO".

ANIVERSARIO DEL ATENTADO

Por su parte, De la Reyna, desde el perfil Tannäuser (@Tanhusser1), escribió en la red social unos días antes del décimo aniversario del atentado: "¿Qué se puede esperar de una mala madre que hace negocio apoyando la impunidad de los asesinos de su hijo?".

Este acusado reconoció el pasado septiembre, cuando declaró como investigado ante el juez Moreno, haber publicado este mensaje y aseguró que no tenía intención de menospreciar a las víctimas del terrorismo. Sin embargo, Santos Martín no compareció en la Audiencia Nacional alegando que, en ese momento, estaba en paro y no tenía dinero para desplazarse hasta Madrid.

LA FISCALÍA

El fiscal Marcelo de Azcárraga ha defendido, desde anteriores denuncias de Manjón, que estos hechos podían constituir un delito de injurias y calumnias perseguible en los juzgados ordinarios y no en la Audiencia Nacional.