La fiscalía Anticorrupción está pidiendo prisión para todos los condenados por el 'caso Gürtel' a penas de al menos más 7 años de cárcel. Tal es el caso del exconcejal del PP de Estepona (Malaga) Ricardo Galeote, que ha sido el primero en comparecer ante la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional para decidir si ingresa en prisión mientras que la sentencia de la primera época de la trama corrupta adquiere firmeza.

Las fiscalas Concepción Sabadell y Concepción Nicolás también han pedido que ingrese en prisión la exesposa de Francisco Correa Carmen Rodríguez Quijano (14 años y 8 meses), el exalcalde de Majadahonda Guillermo Ortega, condenado a 38 años y 3 meses de cárcel, y el contable de la trama José Luis Izquierdo (17 años y 7 meses). Las vistas se suceden unas a otras y comparecerán ante el tribunal un total de 16 de los 29 condenados en la sentencia.

En el tribunal que decidirá las prisiones no está presente el magistrado de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional José Ricardo de Prada ya que la comisión permanente del Consejo General del Poder Judicial ha decidido con el voto de calidad de su presidente, Carlos Lesmes, que "no procede a derecho" habilitarle para intervenir en las comparecencias del artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, solicitadas por la fiscalía Anticorrupción para 16 de los condenados en la sentencia dictada el jueves por la primera época de la Gürtel.

Con este acuerdo la Sección Segunda que está asistiendo a las vistillas de estos condenados, entre los que se encuentran el extesorero del PP Luis Bárcenas y su mujer, deben ingresar ya en prisión, sin esperar a que la sentencia que les condenó sea firme, está formado por los magistrados Julio de Diego, Ángel Hurtado, que emitió un voto discrepante contra la condena del Partido Popular como partícipe a título lucrativo, y la presidenta del tribunal, María José Rodríguez Duplá.

La decisión de la Permanente, que supone que De Prada no pueda asistir a las vistillas, ha sido adoptada gracias al voto de Lesmes, después de que la votación haya arrojado un empate a cuatro. A favor estaban los vocales Juan Martínez Moya, Juan Manuel Fernández y José María Macías; mientras que se han pronunciado en contra los vocales Fernando Grande-Marlaska, Rafael Mozo, Concepción Sáez y Pilar Sepúlveda. Mozo y Sáez harán voto discrepante y Moya y Macías, uno concurrente.

El CGPJ se basa en un informe técnico que sostiene que habilitarle para participar en estos asuntos “lo sería para intervenir en una actuación procesal para la que carece de jurisdicción, al no encontrarse en servicio activo en la carrera judicial", ya que tras el juicio de la Gürtel se desplazó a los tribunales internacionales de Naciones Unidas, con sede en La Haya. El órgano de gobierno de los jueces sí lo habilitó para redactar la sentencia conocida el jueves.

Esa habilitación “se sustentó en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ)”, que establece que cuando un juez o magistrado sea trasladado o jubilado “deliberará, votará, redactará y firmará las sentencias, según proceda, en los pleitos a cuya vista hubiere asistido y que aún no se hubieren fallado”.

Sí, en la sentencia, no para medidas

“No contempla aquella ni ninguna otra ley una suerte de autorización ‘ancla’ o ‘ad hominem’ para mantener su función en un tribunal al que, como consecuencia de su situación administrativa distinta a la de servicio activo en la carrera judicial, de presente no pertenece, y para participar en la resolución de cuestiones deducidas con posterioridad a su cese”, añade.

“La habilitación para ser llamado a la vista que deba decidir sobre el cambio de la situación personal de los acusados en el proceso en el que quedó habilitado para deliberar y firmar la sentencia, como cualesquiera otros incidentes procesales que a continuación pudieran producirse, lo sería para intervenir en una actuación procesal para la que carece de jurisdicción, al no encontrarse en servicio activo en la Carrera Judicial, ni existir razón legal alguna para la persistencia en la función que solicita, y constituiría una composición arbitraria de aquel tribunal, constituido de manera especial y al caso”, dice el informe, que añade que éste “podría incurrir en un supuesto de nulidad de pleno derecho”.