La Fiscalía de Barcelona se opone a la aplicación al presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, del régimen del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario que le permite salir de la cárcel entre semana para trabajar y hacer voluntariado pese a estar clasificado en segundo grado, el régimen ordinario de privación de libertad.

En su escrito, recogido por Europa Press, el fiscal señala que además de la finalidad de reeducación y reinserción social, la condena "tiene fines de retribución y prevención general y especial, esto es, de intimidación al conjunto de la sociedad y al propio delincuente para disuadir mediante ella de la comisión de nuevos delitos".

Jordi Cuixart ya pudo salir este jueves por primera vez de la cárcel de Lledoners (Barcelona) en aplicación de este artículo del Reglamento Penitencia puesto que su aplicación, por decisión de la Junta de Tratamiento, es inmediata, aunque después debe comunicarse al juzgado de vigilancia penitenciaria, que puede confirmarlo o revocarlo tras informe de la Fiscalía.