La ley de seguridad ciudadana es el nombre oficial de una norma que nació rebautizada popularmente como ley mordaza y herida de muerte. La aprobó el PP en solitario en marzo del 2015, cuando disponía del rodillo de la mayoría absoluta en el Congreso. En cuanto lo perdió, la oposición inició los trabajos de demolición de la normativa.

Pero el mismo día que la ley mordaza entró en vigor, también lo hizo el nuevo Código Penal, una reforma impulsada en la misma soledad por el Gobierno del PP que incluía, por ejemplo, la controvertida prisión permanente revisable. Es esta reforma penal la que permite meter en la cárcel al rapero Valtònyc por injuriar al Rey e incitar a la violencia. La clave está en el artículo 578 del Código Penal, que tipifica como delitos tanto el enaltecimiento del terrorismo como las ofensas contra los sentimientos religiosos (católicos), acciones que anteriormente se consideraban simplemente como faltas y se resolvían con multas económicas.

Esta reforma ha provocado un goteo de sentencias de prisión a artistas y tuiteros por hacer «humor negro», algo que hasta no hace tanto se enmarcaba en la libertad de expresión. La guinda de este pastel fue la ley mordaza, que incluye 44 conductas, calificadas de muy graves, graves o leves sancionadas con multas de entre 100 y 600.000 euros. He aquí una decena de los puntos más controvertidos de esta legislación:

1. Multas a las protestas: Las sanciones preivstas en la ley de seguridad ciudadana pueden hipotecar de por vida de quien organice movilizaciones no autorizadas. Las multas van desde los 30.001 euros hasta los 600.000 euros si la protesta se desarrolla cerca de instituciones como el Congreso y perturba su funcionamiento.

2. Irrumpir en actos públicos: La irrupción en actos como mítines, espectáculos deportivos o religiosos será penado con entre 601 y 30.000 euros. El que se niegue a ser identificado por la policía será castigado con una multa del mismo importe.

3. Botellón: Beber en cualquier vía pública podrá ser castigado con hasta 600 euros. Si el que bebe es menor, la cantidad deberán abonarla sus padres.

4. Movilizar en las redes sociales: Llamar en Twitter, Facebook o Instagram a iniciar una manifestación sin permiso también será multado.

5. Fotografiar a la policía: Se condena la utilización no autorizada de imágenes de oficiales que pudieran poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes de las instalaciones protegidas o que puedan poner en riesgo una operación. Los periodistas sí podrán hacerlo, siempre que sea para informar.

6. Fumar maría: Fumar un cigarro de marihuana, en locales o en transporte público, será perseguido con multas desde los 601 hasta los 30.000 euros.

7. Abandonar muebles en la vía pública: Obstaculizar las calles con mobiliario, coches abandonados, contenedores, neumáticos u otros objetos será perseguido.

8. Frenar un desalojo: Quien impida un desalojo (una resolución administrativa o judicial) estará penado con multas de entre 601 y 30.000 euros.

9. Perder tres veces el DNI: El documento nacional de identidad debe estar bien custodiado por el propietario. En caso de no tenerlo si es solicitado por las autoridades y no está dentro de las pertenencias que un transeúnte lleva encima y no haber denunciado su robo o pérdida, también se considera una falta.

10. Punteros láser: Se considera falta muy grave (de 30.001 a 600.000 euros) proyectar haces de luz sobre pilotos o conductores de transporte público.