Más de dos meses después de las elecciones, Pedro Sánchez encara la investidura con tan solo un voto asegurado además de los 123 escaños que obtuvo el PSOE el 28 de abril: el del Partido Regionalista de Cantabria.

El lunes 22 de julio, el candidato socialista afrontará un pleno a las 12.00 horas en el que intentará convencer a los demás diputados de su elección. Por la tarde, a las 16.00 horas se retomará la sesión con la intervención, "de mayor a menor", de todos los grupos con representación parlamentaria.

176 VOTOS EN LA PRIMERA VOTACIÓN

El martes 23 se reanudará el pleno a las 9.00 horas y, una vez intervengan todos los grupos, se producirá la primera votación. Si Sánchez no obtuviera mayoría absoluta se volvería a votar en 48 horas, es decir, el jueves 25.

Hace unas semanas, la Mesa del Congreso confirmó que mantendrían fijado en 176 de los 350 escaños la mayoría absoluta. La suspensión de cuatro diputados independentistas catalanes no tendrá efectos sobre el cómputo de los escaños para las votaciones en la Cámara baja.

De esta manera, Pedro Sánchez no podrá obtener mayoría absoluta en la primera votación de su investidura como presidente sin el apoyo de Podemos y varias fuerzas minoritarias, entre ellas algunos parlamentarios independentistas. La empresa se da por imposible.

MÁS 'SÍES' QUE 'NOES' EN LA SEGUNDA VOTACIÓN

En la segunda votación, en cambio, a Pedro Sánchez le bastaría una mayoría simple (más 'síes' que 'noes') para ser investido.

Por ahora, las posiciones con su "socio preferente", Unidas Podemos, están muy alejadas por la reclamación de Pablo Iglesias de formar un Gobierno de coalición, a lo que los socialistas se niegan rotundamente y rebajan sus expectativas a un "Gobierno de cooperación" que dejaría al grupo confederal tan solo puestos secundarios en la Administración.

ARTÍCULO 99 DE LA CONSTITUCIÓN

El artículo 99 de la Constitución española establece el funcionamiento del proceso de investidura, y en él se detalla que si efectuadas las citadas votaciones no se otorgase la confianza para la investidura, se tramitarán sucesivas propuestas. Tras ello, si transcurrido el plazo de dos meses a partir de la primera votación de investidura ningún candidato ha obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del presidente del Congreso.

Solo en dos ocasiones, ambas en el 2016, el candidato propuesto por el rey no obtuvo la confianza del Congreso de los Diputados en ninguna de las dos votaciones. En la primera ocasión, en marzo, el Congreso rechazó la investidura de Pedro Sánchez. El bloqueo en la investidura se solucionó repitiendo las elecciones, de conformidad con el punto 5 del artículo 99 de la Constitución española.

En la segunda ocasión, en septiembre, el Congreso rechazó igualmente la investidura de Mariano Rajoy. En esta ocasión el bloqueo se solucionó con un acuerdo 'in extremis' del PSOE (que sufrió a su vez un cambio de ejecutiva interno) con Mariano Rajoy, que permitió que fuese nuevamente propuesto e investido a finales del mes de octubre.

PLAZO DE DOS MESES ANTES DE NUEVAS ELECCIONES

El 25 de julio marcará, por tanto, el momento decisivo: España tendrá presidente con plenas funciones a partir del debate de investidura que se celebra esa semana o se pondrá en marcha el reloj de dos meses que establece la Constitución para que un candidato reciba la confianza del Parlamento para presidir el país. Si no es así, habrá nuevas elecciones generales.