La Audiencia Nacional ha limitado a 18 meses más, contados desde el 6 de diciembre de 2018, la instrucción del caso de corrupción Púnica, rebajando así la decisión del juez instructor, que había estipulado un plazo de 40 meses desde el 30 de noviembre del año pasado.

La decisión del juez Manuel García Castellón de establecer como límite los 40 meses fue recurrida por uno de los imputados en este caso, Agustín Alonso Conesa, hermano del exalcalde de Cartagena (1991-1995) Jose Antonio Alonso Conesa, un recurso al que se adhirieron una decena de investigados más.

La Fiscalía pedía un plazo aún mayor que el estipulado por el juez. Concretamente, reclamaba que se dieran 5 años más para investigar esta causa.

REFORMA CON MAYORÍA DEL PP

Ahora, la sección cuarta de la Audiencia limita ese tiempo a 18 meses, en aplicación de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que estableció coto a los plazos de instrucción. Esta reforma que se aprobó en 2015 con la mayoría absoluta del PP limitó los plazos para investigar judicialmente una causa a seis meses, que se puede ampliar a 18 (prorrogables hasta 36) si antes de que venza ese plazo el instructor así lo decide, a petición del fiscal.

La decisión de la Sala de lo Penal se produce mientras el juez trata de reducir a la mitad las 16 piezas del caso de corrupción municipal y regional que protagoniza el exdirigente popular en la Comunidad de Madrid Francisco Granados, que, en relación a estos hechos, ha sido ya condenado a dos años cárcel por beneficiarse del chivatazo por el que supo que le investigaban.

De esas 16 piezas, de las que hay que descontar la del chivatazo a Granados -cuya condena ha confirmado el Supremo-, tanto el juez García Castellón como las fiscales del caso, Carmen García y Teresa Gálvez, pretenden que queden en 6 u 8, a lo sumo.

En 2015, un año después de la detención de Granados en la 'operación Púnica', el entonces instructor de esta causa, Eloy Velasco, acordó dividir en doce piezas separadas la investigación para una tramitación más rápida y permitir el enjuiciamiento en aquellas piezas en las que hubiera finalizado la instrucción.

Cuatro años después, solo una de estas piezas cuenta con sentencia firme, la del chivatazo, que trata además un asunto en el que no se ha juzgado a la trama de corrupción como tal.