La Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional ha absuelto al 'major' de los Mossos Josep Lluís Trapero de los delitos de sedición y desobediencia que le atribuía la Fiscalía en relación con la actuación de los agentes a su cargo durante el 'procés' y, en especial, el 20 de septiembre del 2017, día en el que se produjeron los registros de la 'operación Anubis', especialmente el que se efectuó en la Consejería de Economía, y durante el referéndum ilegal del 1-O.

El tribunal, formado por la presidenta de la Sala de lo Penal, Concepción Espejel, Francisco Vieira y Ramón Sáez Valcárcel, ponente de la resolución, notificará este martes a las 9.30 horas su sentencia a los procuradores de todas las partes personadas. Como era previsible, dado que Espejel y Sáez Valcárcel se sitúan cada uno de ellos en las antípodas ideológicas del otro, contará con un voto particular, que en esta ocasión suscribirá la presidenta del tribunal, partidaria de la condena por sedición.

Será mucho más extenso que la propia resolución redactada según la convicción alcanzada durante el juicio por la mayoría conformada por sus compañeros de tribunal, que desoyen al fiscal y absuelven a Trapero, al exdirector general de los Mossos Pere Soler, al exsecretario de la Conselleria d'Interior César Puig y a la intendente Teresa Laplana, al entender que no había pruebas suficientes para condenarles, confirmaron fuentes jurídicas a este diario.

El teniente fiscal de la Audiencia Nacional había dejado un amplio margen de maniobra al tribunal, ya que no solo rebajó de rebelión a sedición, como marcaba la sentencia del Tribunal Supremo para los líderes independentistas juzgados, sino que también incluyó, como pena alternativa, una condena por desobediencia. Eso significaba que la petición del ministerio público pasaba de 11 años de cárcel por rebelión a 10 por sedición en grado de dirigentes para Trapero, Puig y Soler, pero también, por si el tribunal no entendía cometido un delito tan grave, planteaba una condena de solo multa e inhabilitación por desobediencia. Laplana ya estaba acusada de sedición.

SOLO PRESENTE TRAPERO

Pese a las graves penas a la que se enfrentaban César Puig y Pere Soler, el nombre de ambos apareció muy residualmente a lo largo de las sesiones del juicio, al centrarse en Trapero prácticamente toda la prueba desplegada por la Fiscalía. Laplana solo tuvo protagonismo cuando declaró en relación con su actuación el 20 de septiembre, cuando se desplazó al registro de Economía, pese a encontrarse de baja médica.

El mayor, como ya había hecho como testigo en el juicio del 'procés', se apoyó en varios puntos que han resultado claves en su absolución: como que tenía preparado un plan para detener al entonces presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, si así se le era ordenado; que envió sendas misivas al jefe de la Fiscalía catalana y el presidente del TSJC para ponerse a su disposición, y que se enteraba de las decisiones del Govern a través de la televisión junto a sus compañeros de la prefectura, lo que dificultaba considerarle partícipe de los planes sediciosos de los condenados por el Supremo.

Su testimonio, además, fue corroborado por quien le sustituyó como jefe de los Mossos tras la aplicación del artículo 155 de la Constitución. El comisario Ferran López, pese a haber sido convocado por la Fiscalía, corroboró las líneas principales de las defensas de los principales acusados y trató de diluir las decisiones de los Mossos en la prefectura. Incluso aseguró que hasta el juicio no había concedido trascendencia a que una orden la firmara el mayor o el órgano colegiado.

En la última sesión del juicio la abogada de Trapero, Olga Tubau, muy crítica con la actuación del coordinador de las fuerzas policiales el 1-O, el coronel Diego Pérez de los Cobos, parafraseó al exministro Manuel Alonso Martínez para pedir la absolución de su cliente: "Un ciudadano de un pueblo libre no debe expiar las faltas que no son suyas ni ser víctima de la impotencia y egoísmo del Estado, y esto es algo que los tribunales pueden evitar".