Una vez más la prórroga de los ertes sigue siendo objeto de debate. El próximo 31 de enero finaliza el plazo aprobado en la anterior ampliación y Gobierno y agentes sociales vuelven a sentarse a negociar. El acuerdo no es sencillo y, tras estar horas reunidas este lunes, ambas partes se citaron de nuevo para el próximo jueves.

Gobierno y agentes sociales seguirán negociando el próximo jueves la prórroga de los expedientes de regulación temporal de empleo (erte)tras finalizar el encuentro de este lunes sin acuerdo. El Ejecutivo y los sindicatos se han emplazado a una nueva reunión el próximo 14 de enero a las 16.30 horas, según fuentes sindicales. Por su parte, fuentes del Ministerio de Trabajo han señalado que se han producido avances importantes durante la reunión de este lunes, en la que se ha abordado la necesidad de aligerar los procedimientos, entre otras cuestiones.

El pasado viernes, durante la primera reunión para prorrogar los erte más allá del 31 de enero, hubo coincidencia entre las partes en que la nueva prórroga debía llegar al menos hasta el 31 de mayo.

Regulación actual

Según los últimos datos de la Seguridad Social, a cierre de diciembre estaban en erte más de 755.610 trabajadores, aunque en el pico alto de la pandemia los trabajadores protegidos llegaron a ser más de 3,4 millones.

La regulación actual de los erte, que podría prorrogarse con algunos ajustes, establece la prórroga automática de los procedimientos por fuerza mayor para determinados sectores económicos, y contempla dos figuras, los erte de impedimento de actividad y los erte de limitación de actividad, a los que pueden acogerse todas las empresas, con exoneraciones bastante elevadas, que en algunos casos llegan hasta el 100%.

Los erte de fuerza mayor con prórroga automática se limitan a las empresas más afectadas por la pandemia cuya actividad se clasifique en alguno de los códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-09) previstos en la norma, con exoneraciones de cuotas de entre el 75% y el 85%. De estas exoneraciones también pueden beneficiarse aquellas empresas que, aunque no formen parte de dichos sectores, se encuentran en su cadena de valor o cuyo negocio depende en su mayoría de ellos.

En el caso de las nuevas modalidades de erte vigentes, a las que pueden acogerse empresas de cualquier sector, se distinguen dos tipos: los erte por impedimento de actividad como consecuencia de restricciones adoptadas por las autoridades (por ejemplo, las empresas de ocio nocturno), y los erte de limitación de actividad, destinados a las compañías que vean alterada su actividad cuando una autoridad local, autonómica o estatal limite, por ejemplo, los aforos y los horarios.

Los erte de limitación de actividad van acompañados de exenciones de cuotas de entre el 70% y el 100%, mientras que los erte de impedimento de la actividad contemplan exenciones de entre el 90% y el 100%.

De prorrogarse el decreto actual sin cambios, los trabajadores afectados por erte seguirán teniendo acceso a la prestación sin periodo de carencia, no les computará el periodo consumido hasta enero de 2022 y la prestación equivaldrá al 70% de la base reguladora. Además, las empresas con erte continuarán teniendo limitado el reparto de dividendos y prohibido externalizar y realizar horas extra, entre otras medidas.

Está por ver si se mantendrá el compromiso de empleo de seis meses que obliga a las empresas a no despedir si no quieren devolver todas las exenciones disfrutadas después de que la CEOE haya reclamado que su redacción se modifique para que, si se despide en ese plazo, sólo tengan que devolverse las ayudas recibidas por los trabajadores que salen de la empresa y no de toda la plantilla del erte. No obstante, se trata de una medida que no gusta a los sindicatos.