La campaña electoral encara su recta final en una semana crucial para los resultados del 28-A y en la que los candidatos tratarán de movilizar a los indecisos y posibles abstencionistas, que según los sondeos se mueven en porcentajes cercanos al 40% del electorado. En Córdoba, 648.769 personas tienen ante sí la tesitura de votar o no votar. Cualquiera que sea su decisión afectará al resultado final. ¿A quién afecta un voto en blanco, nulo o una abstención?

En la Guía para votantes críticos: el sentido del voto en blanco, nulo y la abstención, elaborado por Joan Font (IESA), Eva Anduiza (UAB) y la politóloga Mónica Méndez, se responde a la pregunta del millón: ¿qué debo hacer si dudo? «Depende del mensaje que quieras mandar, de cuánto te interesa influir en decidir quién gobierna o qué partidos obtienen representación, cuánto prefieres expresar otro mensaje (protesta o desinterés), o de a quién quieres ayudar o perjudicar».

En España ir a votar es un acto voluntario y cada elector tendrá una motivación para abstenerse: desinterés (la mayoría, según los estudios), rechazo, protesta... La abstención no se tiene en cuenta para el reparto de escaños (solo los votos emitidos) y no perjudica automáticamente a nadie, salvo al partido o sensibilidad que haya dejado de votar el elector en cuestión.

Por su parte, el voto en blanco es aquel en el que no se ha introducido ninguna papeleta (en el Senado, también se entiende por blanco el que no tiene marcado ningún nombre), y suele interpretarse como un voto de protesta. Los votos en blanco son votos emitidos válidos, por lo que se utilizan para calcular el número de escrutinios que debe superar una candidatura para tener representación. En las generales, los partidos deben alcanzar al menos el 3% de los votos (en las municipales, el 5%). De este modo, cuantos más votos en blanco haya, más votos necesitará una candidatura para obtener representación.

Esto tiene pocos efectos prácticos en circunscripciones como la de Córdoba en la que están en juego pocos diputados (seis), puesto que candidaturas que obtienen resultados muy por encima del 3% se quedan de todos modos sin representación. Sin embargo, un alto número de votos en blanco en provincias donde se juegan muchos escaños, como Madrid o Barcelona, pueden ser decisivos en el desenlace final, y afectarán, por efecto de la ley d’Hont, a los partidos con menor representación.

Por contra, el voto nulo no se contabiliza como válido y no afecta al reparto de escaños. Es nulo cuando hay papeletas de varios partidos, se introduce en un sobre no oficial, con papeletas rotas o las papeletas sin sobre. También, aquellos que incluyen nombres o frases, o en los que se tachan candidatos (en el Senado en los que se marcan más de tres nombres).

Así, y aunque nunca se sabe del todo cómo se interpretará un voto, en general el voto en blanco transmite «un mensaje de protesta»; el nulo suele interpretarse como resultado de «errores involuntarios, a menos que alguien lance una consigna clara para que se opte por ese tipo de voto»; mientras que la abstención se suele interpretar «como desinterés y, en menor medida, como descontento».