Hoy se han convocado en muchas ciudades, incluida Córdoba, concentraciones de repulsa a la sentencia de La Manada de Manresa después de que la Audiencia de Barcelona considerara que fue abuso sexual y no agresión. Los hechos, ocurridos en el 2016, tuvieron como víctima a una niña de 14 años sobre la que varios individuos realizaron «actos sexuales sin utilizar ningún tipo de violencia o intimidación» ya que la menor estaba inconsciente por el consumo de alcohol. Como en la primera sentencia de La Manada de San Fermín, preocupa el contraste entre la dureza de la descripción de los hechos y la clasificación final del delito. Considerar que el estado de inconsciencia es un eximente para el delincuente ya que la víctima no puede ni dar ni negar el consentimiento reactiva un debate que parecía superado. Otra vez se exige a las mujeres enfrentarse a los agresores. Desgraciadamente, algunas que lo hicieron ya no están para contarlo. En julio pasado, el Supremo revocó la sentencia de los tribunales navarros, consideró que en los sanfermines sí se había cometido violación y elevó las penas de prisión. Después de esa revisión, la fiscalía para el caso de Manresa modificó su petición inicial de abusos sexuales por la de agresión sexual, pero se diría que la sentencia no ha sentado jurisprudencia. Lo ocurrido llama con urgencia a retomar, tan pronto se constituya el nuevo Gobierno, la reforma del Código Penal.