Ha quedado confirmada la condena de nueve años de prisión a los cinco miembros de La Manada por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento. La sentencia no incluye nada de agresión sexual, tampoco violación. La indignación y la decepción es importante, la sensación de desamparo para las mujeres, también. Más aún cuando el relato del propio fallo confirma la «pasividad doliente de la víctima», «el abusivo comportamiento de los acusados», no deduce «asentimiento alguno o participación activa de la joven en los inicuos y vejatorios actos que se muestran en las imágenes» y considera «poco razonable concluir la falta de conciencia de los cinco en el abuso y humillación que infligen a la víctima». Un retrato elocuente de una situación muy dura. Mientras cualquier mujer entendería que esta es la descripción de una violación, el Tribunal Superior de Justicia de Navarra solo lo considera abuso.

Esta sentencia, de nuevo, banaliza peligrosamente las agresiones sexuales, desalienta las denuncias, socava la libertad de la mujer y, especialmente, acrecienta aún más la desconfianza en los tribunales. Solo una justicia cegada por la mirada patriarcal puede exigir a la víctima que ponga en riesgo su vida como único modo de probar que no medió voluntad en la agresión. Y eso es lo que parece deducirse del fallo judicial, cuando, como se ha señalado en múltiples ejemplos, no se pediría una actitud heroica ante cinco personas que rodearan a solas a otra pidiéndole dinero, pues se daría por sentada la coacción. Parece más necesario que nunca, más urgente que nunca, que se actualice el concepto de violación y que aquel «si no es sí, es no» que argumentaba la vicepresidenta y ministra de Igualdad, Carmen Calvo, se blinde por ley. El portal geoviolenciasexual.com ha registrado 51 agresiones sexuales múltiples hasta el 3 de diciembre del 2018. Son 37 más que en el 2017, y 36 más que en el 2016. Los datos son relevantes, y es terrible pensar que el caso de La Manada esté siendo emulado por otros grupos, pero es mucho más lo que se calla que lo que se denuncia. La Fiscalía de la Violencia sobre la Mujer calcula que entre el 70% y el 80% de los casos no se denuncian.

Aun así, hay que valorar un pequeño paso adelante en esta sentencia, ni mucho menos suficiente, pero importante. Esta vez, no solo hay que destacar la ausencia de cualquier voto particular a favor de la absolución, contra lo que ocurrió incomprensiblemente en la condena de la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra del pasado abril, sino que el voto particular de dos de los cinco magistrados sí estima un delito continuado de agresión sexual, cuyas penas se elevarían a 14 años, tres meses y un día. Ahora, queda el Tribunal Supremo. Y la esperanza --la necesidad-- de que prevalezca la perspectiva de género en su determinación.