Para aumentar o reducir el nivel de competencia en una licitación pública se pueden utilizar las exigencias de solvencia técnica, profesional o económica, dar más o menos publicidad a las licitaciones o «bien recurriendo a procedimientos de adjudicación que faciliten una mayor presencia de participantes», recalca la CNMC.

La normativa establece que los contratos menores (de menos de 40.000 euros cuando se trata de obras o de menos de 15.000 euros para otro tipo de contratos) podrán adjudicarse directamente, mientras que en el resto de los casos la adjudicación debe realizarse «de manera ordinaria» utilizando el procedimiento abierto o el restringido. Y, «en casos excepcionales» se podrá recurrir a otros sistemas, como el diálogo competitivo o los procedimientos negociados, con o sin publicidad.

En el restringido, el órgano de contratación hace una selección previa y solo los seleccionados pueden pasar a la segunda fase. En el diálogo competitivo, el contratante elige a una serie de candidatos a partir de la solicitud de los mismos y se establece un diálogo con ellos para que presenten la mejor oferta.

En el procedimiento negociado con publicidad cualquier entidad interesada puede presentar una oferta y luego someterse a una negociación del contrato.

Y en el procedimiento negociado sin publicidad es el contratante el que se pone en contacto directamente con varias empresas con las que negocia los términos del contrato.

En este último caso, la CNMC advierte de que en la práctica «es frecuente» que se contacte con un número muy pequeño de empresas, «derivando en ocasiones en una asignación directa».