El Tribunal Constitucional (TC) ha declarado inconstitucional y nula una disposición legal del año 2013 que establecía como requisito para acceder al subsidio de mayores de 55 años el carecer de rentas familiares. De este modo, se vuelve a la situación inicial, en la que solo se tenían en cuenta las rentas personales a la hora de conceder o no el acceso al subsidio. El TC considera que la fórmula de real decreto utilizada por el Gobierno de Mariano Rajoy para evitar el trámite por el Parlamento no fue válida al no estar motivada por razones de urgencia y que tenía que ser aprobada por el Congreso de los Diputados.

El fallo del TC publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), a raíz de un recurso presentado por el PSOE, declara inconstitucionales y nulas varias disposiciones del Real Decreto-Ley de 15 de marzo del 2013. El Constitucional anula la disposición, si bien su decisión se basa en la incorrecta utilización por parte del Gobierno del PP de la fórmula del decreto ley (como ya pasó con el decreto de amnistía fiscal del 2012). La disposición anulada por el TC establecía que aunque el solicitante careciera de rentas personales, en caso de tener cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores incapacitados o menores acogidos «únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número de miembros que la componen, no superase el 75% del salario mínimo, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias».

Para el sindicato UGT «la norma imponía una desmesurada carencia de rentas familiares para poder percibir el subsidio». La secretaria de Políticas Sociales, Empleo y Seguridad Social de UGT, Mari Carmen Barrera, denunció que esta disposición legal dejaba fuera del subsidio a miles de trabajadores mayores de 55 años

Antes del 2012 a estos subsidios podían acceder los mayores de 52 años (la edad se subió a 55) y solo se computaban los ingresos del solicitante de la ayuda. Por ejemplo, en una unidad familiar compuesta por una persona desempleada y su cónyuge, con la disposición ahora anulada se perdía el derecho al subsidio si los ingresos de esa unidad familiar sobrepasaban los 1.060 euros mensuales aproximadamente.

UGT pide que la edad de acceso vuelva a los 52 años y no siga en 55; subir al 125% del SMI la cotización a la Seguridad Social, tal y como era antes de la reforma del PP; y eliminar la jubilación forzosa a los 61 años para los parados que cobran este subsidio.